𝑷𝑶𝑹𝑻𝑨𝒁𝑶 𝑱𝑼𝑫𝑰𝑪𝑰𝑨𝑳 𝑨 𝑷𝑼𝑵𝑻𝑨 𝑷𝑬𝑼𝑪𝑶: 𝑪𝑶𝑹𝑻𝑬 𝑬𝑳𝑼𝑫𝑬 𝑷𝑹𝑶𝑵𝑼𝑵𝑪𝑰𝑨𝑹𝑺𝑬 𝑺𝑶𝑩𝑹𝑬 𝑳𝑶𝑺 𝑫𝑬𝑹𝑬𝑪𝑯𝑶𝑺 𝑫𝑬 𝑳𝑶𝑺 𝑷𝑹𝑰𝑺𝑰𝑶𝑵𝑬𝑹𝑶𝑺 𝑴𝑰𝑳𝑰𝑻𝑨𝑹𝑬𝑺

𝑬𝒍 𝒕𝒓𝒊𝒃𝒖𝒏𝒂𝒍 𝒅𝒆 𝒂𝒍𝒛𝒂𝒅𝒂 𝒅𝒆𝒄𝒍𝒂𝒓𝒐́ 𝒊𝒏𝒂𝒅𝒎𝒊𝒔𝒊𝒃𝒍𝒆 𝒆𝒍 𝒓𝒆𝒄𝒖𝒓𝒔𝒐 𝒅𝒆 𝒑𝒓𝒐𝒕𝒆𝒄𝒄𝒊𝒐́𝒏 𝒑𝒓𝒆𝒔𝒆𝒏𝒕𝒂𝒅𝒐 𝒑𝒐𝒓 𝒍𝒐𝒔 𝒊𝒏𝒕𝒆𝒓𝒏𝒐𝒔 𝒅𝒆𝒍 𝒑𝒆𝒏𝒂𝒍 𝒒𝒖𝒆 𝒃𝒖𝒔𝒄𝒂𝒃𝒂𝒏 𝒇𝒓𝒆𝒏𝒂𝒓 𝒔𝒖 𝒓𝒆𝒄𝒐𝒏𝒗𝒆𝒓𝒔𝒊𝒐́𝒏. 𝑳𝒂 𝒓𝒆𝒔𝒐𝒍𝒖𝒄𝒊𝒐́𝒏, 𝒍𝒆𝒋𝒐𝒔 𝒅𝒆 𝒂𝒃𝒐𝒓𝒅𝒂𝒓 𝒆𝒍 𝒇𝒐𝒏𝒅𝒐 𝒅𝒆𝒍 𝒄𝒐𝒏𝒇𝒍𝒊𝒄𝒕𝒐, 𝒄𝒐𝒏𝒔𝒐𝒍𝒊𝒅𝒂 𝒍𝒂 𝒅𝒆𝒄𝒊𝒔𝒊𝒐́𝒏 𝒅𝒆𝒍 𝑬𝒋𝒆𝒄𝒖𝒕𝒊𝒗𝒐 𝒚 𝒅𝒆𝒋𝒂 𝒔𝒊𝒏 𝒓𝒆𝒔𝒑𝒖𝒆𝒔𝒕𝒂 𝒍𝒂𝒔 𝒅𝒆𝒏𝒖𝒏𝒄𝒊𝒂𝒔 𝒑𝒐𝒓 𝒗𝒖𝒍𝒏𝒆𝒓𝒂𝒄𝒊𝒐́𝒏 𝒅𝒆 𝒅𝒆𝒓𝒆𝒄𝒉𝒐𝒔.

La Corte de Apelaciones de Santiago cerró ayer la puerta a los reclamos de los prisioneros de Punta Peuco, hoy rebautizado como Centro de Cumplimiento Penitenciario Tiltil. El tribunal declaró inadmisible el recurso de protección interpuesto por su abogado defensor, Raúl Meza, quien buscaba detener la reconversión del penal tras la decisión del Gobierno de transformarlo en un recinto común.

Meza, interpuso la acción judicial argumentando que la medida vulnera garantías constitucionales, como el derecho a la vida, la integridad física y psíquica, y la igualdad ante la ley.

Sin embargo, la Primera Sala del tribunal capitalino, integrada por los ministros Iara Barrios, Rodrigo Carrasco y el abogado integrante Luis Hernández, resolvió que la solicitud “excede la naturaleza de la acción cautelar intentada” y que no corresponde “valorar el actuar de otro poder del Estado que actúa dentro de sus facultades legales”.

Para el abogado Meza, la decisión de la Corte implica una renuncia al control judicial sobre los actos del Ejecutivo:

“El tribunal evita pronunciarse sobre una medida que afecta directamente derechos fundamentales. No se trata de política, sino de humanidad”, señaló tras conocer el fallo, adelantando que presentará un recurso de reposición para revertir la resolución.

jra.

Un aporte de nuestro Director Secretario Luis Cabezón