¿Se ha pensado, cuanto puede afectar la moral y la solidez de instituciones tan importantes como las FFAA, que en procesos judiciales únicos se encarcele a miembros de estas, que en el tiempo de los hechos acaecidos poca o ninguna responsabilidad tuvieron en ellos?
Quienes tenemos la responsabilidad de enseñar en nuestros cursos de la Academia los fundamentos de la Seguridad y la Defensa y los contenidos de la Política de Defensa, al referirnos a los Objetivos Nacionales Permanentes y trans mitir su sentido y alcances, buscamos explicar cuál ha sido la concreción de estos en diversos períodos de nuestra historia.
Uno de estos Objetivos Nacionales Permanentes mediante los cuales el Estado de Chile busca alcanzar el Bien Común es “la mantención de una convivencia ciudadana pacífica y solidaria”.
Mediante el presente artículo el autor desea compartir con los lectores algunas interrogantes que le surgen después de comparar dos escenarios que después de 43 años presenta el país en cada uno de los sucesos históricos que han marcado profundamente la vida de la Nación teniendo como telón de fondo el Objetivo Nacional Permanente enunciado y que de paso suele ser motivo de consulta de los alumnos a la que no es fácil dar respuesta.
Hace 125 años un 19 de septiembre de 1891, un día después de cumplirse el período de su mandato, se quitó la vida de un disparo el Presidente José Manuel Balmaceda, quien se encontraba asilado en la Legación argentina desde el 29 de agosto, luego de haber dimitido al conocerse los resultados de la Batalla de Placilla en la cual resultaron definitivamente derrotadas las fuerzas gobiernistas, que le apoyaban, por las fuerzas revolucionarias congresistas, hecho de armas que puso término a la guerra civil que había comenzado el 11 de febrero.
Es preciso recordar que debido a sus ideas políticas y a su estilo de gobernar, la Iglesia católica había sido un férreo opositor del primer mandatario, al igual que gran parte de la oligarquía que veía amenazadas sus prebendas y cuotas de poder.
Se llegó pues a la guerra civil en un clima de odiosidades irreconciliables en que la sociedad política de la época fue incapaz de detener la contienda fratricida que se aproximaba.
Estos trágicos acontecimientos tuvieron profundas consecuencias de orden político, social, económico y cultural.
Impactante resulta comprobar que en esa época, en la que Chile alcanzaba una población de dos y medio millones de habitantes, haya tenido pérdidas humanas que se calculan entre 5000 y 10000 personas.
Tanto en el periodo en el cual se desarrolló el conflicto, como en los días posteriores a la muerte del Presidente Balmaceda hubo excesos de parte de ambos bandos que, mirados con la óptica de las actuales doctrinas, pueden ser tipificados como violaciones a los derechos humanos, tanto en las acciones propiamente bélicas como en otros actos que afectaron a civiles y llevados a cabo en su momento por funcionarios del Estado de uno u otro bando.
De ellos han quedado en la memoria la matanza de Lo Cañas en la cual fueron masacrados aproximadamente 39 jóvenes aristócratas y artesanos que se confabulaban para realizar actos de sabotaje a favor de la acción de los congresistas y las muertes de los Generales Orozimbo Barboza y José Miguel Alcérreca en la Batalla de Placilla, vejados y mutilados por las fuerzas congresistas, como los innumerables saqueos que se produjeron en la capital por simpatizantes de ambas facciones.
Es por ello que resulta destacable la acción pacificadora de los espíritus emprendida por el Almirante Jorge Montt Álvarez una vez que fuera elegido Presidente de la República y asumiera con fecha 26 de diciembre de 1891.
En efecto, recién asumida la presidencia, el Almirante Montt fue promulgando sucesivas Leyes de Amnistía que fueron paulatinamente incorporando a todos aquellos que habían sido originalmente sancionados penal y administrativamente, por cierto, de manera particular los adherentes al bando Balmacedista derrotado.
Con fecha 26 de diciembre de 1891 mediante ley concedió amnistía a todos los individuos que hubieren sido o pudieren ser juzgados por delitos políticos cometidos desde el 1 de enero hasta el 29 de agosto de 1891, exceptuando de este indulto los primeros y segundos jefes de los buques y los que sirvieron al gobierno en los empleos de General o Coronel. Quedaron fuera de esta amnistía los delitos comunes de que se hubieren hecho reos los funcionarios públicos o simples particulares al servicio de Balmaceda.
Meses más tarde otra ley concedió amnistía a los individuos del Ejército que sirvieron a Balmaceda en los empleos de General o Coronel y a los jefes de la Armada que no fueron comprendidos en la ley del 25 de diciembre de 1891. No recibieron este beneficio los que dispusieron el ataque al Blanco Encalada o tomaron parte en su ejecución, los que tomaron parte en el complot para poner la torpedera Lynch a disposición del Gobierno, los que tuvieron participación en el suceso de “Lo Cañas”, los que como vocales o fiscales de los tribunales militares hubieren concurrido con su voto o dictamen a imponer sentencia condenatoria”.
Finalmente, en cuanto a beneficios, la ley estableció que no serian privadas de los derechos que les otorgaba la ley de montepío militar, las familias de los individuos del Ejército o la Armada que, si no hubieren fallecido y se encontraran comprendidas en el retiro que la ley concedía.
Con fecha 28 de agosto de 1893 otra ley concedió amnistía para los delitos políticos cometidos desde el 1 de enero hasta el 28 de agosto de 1891 y que no hubieren estado comprendidos en las leyes del 25 de diciembre de 1891 y 4 de febrero de 1893. Quedaron fuera de esta, los responsables del suceso de “Lo Cañas”.
No obstante lo anterior, a poco andar, las restricciones que fueron establecidas en tales leyes de amnistía fueron paulatinamente dejadas sin cumplir volviendo en poco tiempo la paz social a la ciudadanía.
Si damos una mirada al Chile de 1934, esto es transcurridos 43 años desde que se produjera la Guerra Civil, podremos constatar que esos dramáticos hechos de nuestra vida republicana no eran parte de las preocupaciones políticas o sociales.
Las heridas, que las hubo y muchas, estaban ya cerradas y cicatrizadas y salvo los estudiosos e historiadores que revisaban los hechos, sus consecuencias y sus lecciones, esa triste pagina de la historia no era parte de la agenda política ni social.
Tanto es así que ya en 1920 había sido aprobada una ley para erigir un monumento al Presidente Balmaceda, quien el año 1891 había sido tratado con los peores epítetos como tirano y dictador por sus opositores.
Otros eran los problemas y desafíos que enfrentaba el país y no era parte de la agenda de la autoridad política remover ni mantener vivas viejas querellas.
El 11 de septiembre de 1973, las Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile, asumieron la conducción del país exigiendo la entrega del mando de la Nación al Presidente de la República Salvador Allende Gossens, en una decisión extrema que tuvo fundamentalmente por objeto evitar una inminente guerra civil, cuando todas las instancias de dialogo político, de respeto a las normas legales y de convivencia nacional estaban agotadas, en un ambiente de extrema polarización política y social expresada en violentas agresiones, con una economía destrozada y con severas amenazas vecinales a la soberanía nacional y a la integridad territorial.
Ya con fecha 25 de junio de ese año la Corte Suprema de Justicia en extensa carta respuesta había hecho presente al Presidente Allende las innumerables circunstancias en que se había atropellado la legalidad vigente del país y el intento del Ejecutivo por manipular a otro poder independiente del Estado.
El 23 de agosto de ese año, la Cámara de Diputados se pronunció públicamente mediante un Acuerdo declarando que el Presidente Allende había quebrantado gravemente la Constitución y las leyes.
Similares acciones habían sido denunciadas por el Colegio de abogados que en octubre de 1972 expresó que “en presencia de la quiebra del Estado de Derecho que sufre el país” se instruía a sus colegiados a paralizar sus actividades profesionales.
Por su parte el Contralor General de la República hubo de representar en numerosas ocasiones la ilegalidad de decretos enviados a toma de razón los que una vez devueltos volvían a la Contraloría como decretos de insistencia con la firma del total del Gabinete debiendo ser, de esa manera ser tomados de razón obligadamente.
Ante una acción que era irreversible y viendo que no contaba con el apoyo de la población, el Pdte de la República resolvió quitarse la vida en el Palacio de Gobierno, el mismo día del pronunciamiento.
No es el propósito de este artículo efectuar un recuento de la acción del gobierno militar los años posteriores sino referirse a los intentos inmediatos de pacificar los espíritus mediante las normas legales imperantes en el país y que forman parte de una antigua doctrina jurídica.
En efecto una Ley de Amnistía fue promulgada el 18 de abril de 1978 a través del Decreto Ley 2191 mediante la cual se concedía la amnistía “a todas las personas que, en calidad de autores, cómplices o encubridores hayan incurrido en hechos delictuosos durante la vigencia de la situación de Estado de Sitio, comprendida entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1978”, siempre que no estuvieran procesadas o condenadas previamente. Asimismo, el artículo 2° de este cuerpo legal establece la amnistía a las personas que a la fecha de vigencia del decreto “se encuentren condenadas por tribunales militares con posterioridad al 11 de septiembre de 1973”.
La Corte Suprema de justicia desestimó su aplicación pero solo para quienes estaban vinculados a las FFAA y Carabineros de Chile.
Así, transcurridos 43 años desde el suicidio del Presidente Allende tras el grave quiebre institucional del país es preocupante observar que la tan anhelada paz social y la reconciliación, no se han logrado a diferencia de lo ocurrido en 1891.
Vale la pena preguntarse si es conveniente para la convivencia nacional que desde que el gobierno militar entregase el poder en un proceso ejemplar planificado con mucha antelación, los sucesivos gobiernos en lugar de buscar superar los hechos de un pasado que nadie quiere reeditar, se empeñen en revivirlo con museos y lugares de apremios, que incluso consideran visitas guiadas y anualmente por medio de imágenes y todo tipo de mensajes que provocan aleccionamiento en jóvenes generaciones que nada tuvieron que ver con lamentables sucesos que escaparon absolutamente a su responsabilidad.
¿Se ha pensado, cuanto puede afectar la moral y la solidez de instituciones tan importantes como las FFAA, que en procesos judiciales únicos se encarcele a miembros de estas, que en el tiempo de los hechos acaecidos poca o ninguna responsabilidad tuvieron en ellos?
¿No afecta a la solidez de la República que un Cdte. en Jefe del Ejército después de 43 años sea sospechoso de actos tan lejanos en el tiempo?
¿Es eso sano para la convivencia ciudadana pacífica y solidaria?
¿Qué espera o que busca el Estado de Chile, dilatando por tanto tiempo el reencuentro nacional? ¿Cuántas generaciones deberían desaparecer para que los hechos sucedidos en 1973 no sean motivo de odiosidades?
¿Es bueno que uno de los Objetivos Nacionales Permanentes no se pueda concretar por acción u omisión de intereses de actores importantes de la vida nacional que no advierten que toda fisura en la sociedad solo trae males y no beneficios?
Han transcurridos ya 43 años desde el lamentable quiebre institucional y aún el Estado de Chile tiene pendiente concretar la tan ansiada unidad nacional.
GUSTAVO BASSO CANCINO
Brigadier (R)