Columna de Opinión

Beneficios carcelarios

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A estas alturas nadie ignora que a los militares no se les respeta los alcances de la ley de amnistía que es una ley vigente de la República, la prescripción ni la cosa juzgada. Nadie desconoce que frente a la ficción jurídica del secuestro delito permanente preferimos mirar para el lado y que, los beneficios carcelarios se les aplica a todos quienes cumplen con los requisitos para obtenerlos, menos a los ex uniformados

 

 Finalmente el gobierno ha presentado el proyecto de ley que busca descomprimir el hacinamiento carcelario y que, en términos generales, establece la posibilidad de penas alternativas como el trabajo social para delitos menores o no pago de multas para quienes no pudieran cumplir con ello por falta de recursos, un esfuerzo especial para rehabilitar a quienes hayan delinquido, un aumento de recintos penitenciarios y una mejoría sustancial en la formación y exigencias del personal de gendarmería.
El proyecto aprobado nos permitirá ver el resultado final de esta iniciativa pero, será la experiencia que obtengamos de la implementación de estas medidas, la que nos indicará lo acertado de ellas y, consecuentemente, la evaluación que la gente haga de la sensación de seguridad, que constituye un imperativo para el gobierno.
Lamentablemente, el proyecto queda en falencia al no responder a las esperanzas generadas por los compromisos adquiridos por el presidente Piñera en las reuniones con el mundo militar, durante su campaña electoral. El principio de que en nuestro país la ley se aplicaría por igual a moros y cristianos y que la justicia como un bien superior sería resguardada, respetada y hecha respetar por todos, ha quedado nuevamente como lo que fue, una promesa de campaña, para la que no ha existido ni el valor ni la voluntad de cumplirla.
A estas alturas nadie ignora que a los militares no se les respeta los alcances de la ley de amnistía que es una ley vigente de la República, la prescripción ni la cosa juzgada. Nadie desconoce que frente a la ficción jurídica del secuestro delito permanente preferimos mirar para el lado y que, los beneficios carcelarios se les aplica a todos quienes cumplen con los requisitos para obtenerlos, menos a los ex uniformados.
En esta oportunidad, se excluyó específicamente a quienes tuvieran más de ochenta años o que sufrieran una enfermedad terminal, porque por esta medida algún militar podría salir en libertad. ¿Es que constituyen un peligro para la sociedad? ¡No! Si ellos solo son la consecuencia de una venganza sin límites por parte de algunos y de una cobardía increíble por parte de otros, venganza y cobardía que me permito expresar, por el momento, con mi más profundo desprecio.
Jorge P. Arancibia Reyes