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PROCESOS CONTRA MILITARES: ¿UN PROBLEMA SIN SOLUCIÓN? ADOLFO PAÚL LATORRE. Trabajo completo en adjunto.

LAS OPINIONES EN ÉSTA COLUMNA DE OPINIÓN SON DE RESPONSABILIDAD DE SUS AUTORES Y NO REFLEJAN NECESARIAMENTE EL PENSAMIENTO DE UNOFAR
“A Dios y al soldado todos los hombres adoran en tiempos de guerra, y sólo entonces. Pero cuando la guerra termina, y todo vuelve a su cauce, Dios es olvidado y el soldado vituperado”. Marcial

En conformidad con nuestro ordenamiento jurídico, el Poder Judicial es el encargado de administrar la justicia en la sociedad. Los jueces o los tribunales obtienen su legitimidad cuando resuelven los casos sometidos a su conocimiento aplicando el derecho preexistente, única forma de lograr el imperio de la ley. Sin embargo, en las causas de derechos humanos muchas de las resoluciones
judiciales son antijurídicas y han sido dictadas en fraude de ley, eludiendo las normas aplicables y
procurando la aplicación de otras no procedentes.
Por ejemplo, se admiten a tramitación —hasta el día de hoy— querellas por hechos ocurridos hace cuatro décadas, en circunstancias de que la responsabilidad penal se halla largamente extinguida por la prescripción de la acción penal y, por lo tanto, al juez no le cabe otra opción que la de dictar el sobreseimiento definitivo, según lo ordena la ley.
Desde hace ya muchos años se ha venido configurando la práctica sistemática de estigmatizar, prejuzgar y condenar anticipadamente a los militares por el solo hecho de serlo, con absoluta inobservancia del principio de igualdad ante la ley, de la legislación vigente, de las normas del debido proceso y de los preceptos legales que los favorecen. Muchas personas que pertenecieron a las Fuerzas
Armadas y de Orden se encuentran procesadas o condenadas por delitos que no cometieron, que no estaban tipificados en la época en que habrían sido cometidos, que estaban prescritos o amnistiados, o que ya habían sido juzgados en procesos que habían terminado por sentencia ejecutoriada o por sobreseimiento definitivo.
Hay jueces que tramitan procesos no obstante estar afectados por clarísimas causales de implicancia, fallan a sabiendas contra texto legal expreso y vigente, abusando de sus facultades jurisdiccionales y cometiendo el delito de prevaricación, imponiendo su voluntad y tratando de satisfacer intenciones propias por sobre el mandato explícito de la norma. Y, en reiteradas oportunidades, han excluido medios de prueba que exculpaban a los imputados y se han valido de otros claramente instrumentalizados —sin el más mínimo valor probatorio— y han condenado a personas inocentes……

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