Columna de Opinión

INFORMACIÓN PARA NUESTROS SOCIOS RELACIONADA CON LOS PROCEDIMIENTOS A SEGUIR EN CASOS DE CONSULTAS MÉDICAS EN REGIONES

LAS OPINIONES DE ESTA COLUMNA DE OPINIÓN SON DE RESPONSABILIDAD DE SUS AUTORES Y NO REFLEJAN NECESARIAMENTE EL PENSAMIENTO DE UNOFAR
Ante la frecuencia con que nuestros socios se encuentran con sorpresas al asistir a cualquiera de los recintos que prestan atenciones de salud en regiones, originadas por disposiciones de DIRECSAN relativas a restricciones que se establecen y que no han sido debidamente informadas a los retirados adscritos al SISAN se informa lo siguiente

1.- Ante la frecuencia con que nuestros socios se encuentran con sorpresas al asistir a cualquiera de los recintos que prestan atenciones de salud en regiones, originadas por disposiciones de DIRECSAN relativas a restricciones que se establecen y que no han sido debidamente informadas a los retirados adscritos al SISAN se informa lo siguiente :

PROCEDIMIENTOS DE EMISIÓN DE ORDENES DE ATENCIÓN: Se puede emitir una Orden de Atención a cualquier beneficiario del Sistema de Salud Naval, ya sea por una consulta médica en carácter de urgencia o una ambulatoria de primer nivel requerida por propia decisión del Beneficiario, para lo cual se debe cumplir los siguientes procedimientos

a.- Modalidad de Urgencia: Si se trata de una URGENCIA, el beneficiario podrá solicitar una Orden de Atención en el Emisor correspondiente a su ubicación geográfica para concurrir a la Unidad Ejecutora o Establecimiento de Salud público o privado más cercano para recibir la atención o podrá realizar el pago de la atención y posteriormente solicitar el rembolso en la unidad respectiva. En ambas situaciones, el beneficiario deberá presentar comprobante de atención médica donde se indique el diagnóstico, indicaciones y tratamiento con el respectivo comprobante de pago original cuando corresponda, el que será remitido al Administrador Financiero del Sistema de Salud de la Armada en un plazo no superior a 4 días vía correo electrónico a la direcciónauditoria.clinica.afisan@sanidadnaval.cl donde se autorizarán los pagos o descuentos respectivos, dependiendo de la calificación de Urgencia que Contraloría Clínica AFISAN determine

En caso de que una atención de Urgencia derive en Hospitalización, y para hacer efectiva la bonificación, el beneficiario o un familiar solicitará la Orden de Atención en el Emisor respectivo, quien deberá dar aviso al Administrador Financiero del Sistema de Salud de la Armada (A.F.S.A.) al email auditoria.clinica.afisan@sanidadnaval.cl en las primeras 48 horas hábiles siguientes del evento, remitiendo los antecedentes clínicos correspondientes, objeto evaluar la situación clínica del paciente y la indicación de hospitalización respectiva. La comunicación telefónica de este hecho, no exime de la responsabilidad de enviar el email. Los casos que correspondan a la Ley de Urgencia se tratarán y evaluarán de acuerdo a la citada Ley.

b.- Modalidad Ambulatorio. Frente a la solicitud de órdenes de atención por requerimiento del beneficiario y por tanto sin un médico derivador, la entidad autorizada por el Administrador de los Fondos de Salud de la Armada para la emisión de una Orden de Atención, podrá emitir dicha orden, sólo para una consulta médica de Primer Nivel, correspondiente a medicina general.

Para la realización de exámenes, derivados de esta consulta de Medicina General, se podrá emitir una Orden de Atención, hasta por un monto de $100.000. Los exámenes de un costo mayor a lo establecido, deberán ser autorizados por Contraloría Clínica del AFSA. a través del correo electrónico auditoria.clinica.afisan@sanidadnaval.cl

c.-Especialidad Médica. La emisión de Órdenes de Atención para consulta ambulatoria en el Segundo Nivel o Especialidades Médicas, deberán estar respaldadas por una Interconsulta, solicitada por un médico de un Servicio de Urgencia o de la Red SISAN, tanto de atención Primaria como Secundaria, para una Consulta de Especialidad Médica. Se emitirán Órdenes de Atención por exámenes derivados de este segundo nivel hasta por un monto de $ 100.000. Los exámenes de un costo mayor a lo establecido, deberán ser autorizados por Contraloría Clínica del AFSA. a través del correo electrónico auditoria.clinica.afisan@sanidadnaval.cl Las Órdenes de Atención por Hospitalización deberán ser solicitadas por un Médico de la Red SISAN y en ella se indicará Diagnóstico presuntivo y Plan Terapéutico, de acuerdo a la codificación FONASA Modalidad Libre Elección.

d.-Atención Odontológica. La emisión de Órdenes de Atención por consultas Odontológicas a prestadores preferenciales, se regirán por el mismo procedimiento exigido a las atenciones médicas, siendo requisito solicitar autorización a Contraloría Clínica del AFSA. a través del correo electrónico ya mencionado, acompañando presupuesto por el tratamiento total requerido.

e.-Programas Especiales. Aquellos beneficiarios que padezcan enfermedades crónicas tales como; Hipertensión, Diabetes, Dislipidemias, EBOC, Hipotiroidismo, Epilepsia, Artrosis y otras, podrán acceder a la Orden de Atención para especialidad médica directamente, sin requerir la derivación de medicina general. Para esto es necesario que el beneficiario se inscriba en el programa correspondiente, enviando una solicitud de su Médico Tratante donde indique Diagnóstico y Terapia indicada. Estos documentos deberán ser enviados por el Ente Emisor de Ordenes de Atención correspondiente a Contraloría Clínica del AFSA quien registrará a los beneficiarios en este programa especial con controles y exámenes definidos de acuerdo a las guías clínicas de la Autoridad Sanitaria.

2.- Con respecto a los descuentos que aparecen en la glosa DP 280.de la papeleta de pago de pensión se informa lo siguiente

Cada vez que un Beneficiario o Carga Familiar legalmente reconocida en el Sistema de Salud de la Armada, recibe algún tipo de prestación de salud, ya sea en el Policlínico Médico Dental Santiago, Hospital Militar de Santiago, Hospital FACH, CAPREDENA o en entidades de Salud Pública, Privada o de Profesionales Particulares que no pertenezcan al sistema, y con los cuales se haya celebrado convenios de prestaciones de salud y exista un valor no bonificado por el Fondo de Medicina Curativa (COPAGO), éste es tramitado para cobro a través del Policlínico Medico Dental Santiago, remitiendo mensualmente el correspondiente archivo de cobranza a la CAPREDENA, objeto efectuar los descuentos correspondientes a los COPAGO a través de la Papeleta de Pensión bajo la siguiente descripción: DP280 SERVICIO MEDICO DENTAL SANTIAGO (NB_PENS). Para conocer el detalle de dichos descuentos se sugiere contactarse con el Policlínico Médico Dental al FONO: (02) 27405076 o bien al correo electrónico dpena@sanidadnaval.cl .

Si un beneficiario recibió prestaciones de salud en el Hospital FACH, Hospital Militar, CAPREDENA o cualquier otro Centro de Salud, toda la cobranza y facturación de dichas prestaciones es centralizada en el “Policlínico Médico Dental de Santiago”, donde la información es procesada en el Sistema de Cobranza, aplicando las bonificaciones correspondientes (FOSAN, FOFAM y FOSPEN), y generando en forma automática un descuento máximo equivalente al 17,5% de la renta Imponible de cada beneficiario, el cual es efectuado por cada unidad ejecutora del SISAN, donde exista deuda. Es importante señalar que los costos de las prestaciones que reciben los usuarios, son procesados al mes siguiente de haberse efectuado y su descuento en papeleta es al mes subsiguiente a la prestación, en otras palabras, de la fecha de prestación transcurren dos meses (60 días) para su cobro. Ahora, en ciudades más alejadas como Arica y Antofagasta, transcurren hasta 90 días para su cobro.

Gentil aporte de nuestro socio Director don Juan Castro M.