Columna de Opinión

Carta al Director: Guerra civil

Carta al Director: Guerra civil
Vistos de manera objetiva los actos terroristas y de violencia vandálica que acompañan a la insurrección revolucionaria en curso y el recrudecimiento de las acciones terroristas ejecutadas por fuerzas paramilitares en las regiones de La Araucanía y del Biobío, es posible afirmar que Chile está inmerso en un ambiente o en un escenario de guerra civil y que está ad portas de un conflicto o enfrentamiento armado entre miembros o bandos de un mismo país.
Guerra civil
Señor Director:
Vistos de manera objetiva los actos terroristas y de violencia vandálica que acompañan a la insurrección revolucionaria en curso y el recrudecimiento de las acciones terroristas ejecutadas por fuerzas paramilitares en las regiones de La Araucanía y del Biobío, es posible afirmar que Chile está inmerso en un ambiente o en un escenario de guerra civil y que está ad portas de un conflicto o enfrentamiento armado entre miembros o bandos de un mismo país.
Aún estamos a tiempo para conjurar esta trágica amenaza. Para ello es condición sine qua non que el Gobierno resguarde el Estado de Derecho y el orden público, para lo cual cuenta con el monopolio de la violencia física legítima —representada por la espada en la tradicional imagen de la justicia—; violencia que, por deber de autoridad, está obligado a aplicar para contener la violencia ilegítima y lograr mediante ella la restitución del orden social exigido por el bien común.
El Estado tiene la obligación de defenderse con todos los medios de los que dispone, aunque para ello sea preciso adoptar medidas de fuerza extremas.
Salus populi suprema lex est —la salvación del pueblo es ley suprema— era el primer principio del Derecho Público Romano. “El que tolera el desorden para evitar la guerra, tendrá primero el desorden y después la guerra” (Maquiavelo).
La historia solo condena a los pueblos que renuncian a defenderse.
Atentamente le saluda.
Adolfo Paúl Latorre
Abogado

Un aporte del Director de la Revista UNOFAR, Antonio Varas Clavel

Las opiniones en esta sección son de responsabilidad de sus autores y no reflejan necesariamente el pensamiento de la Unión de Oficiales en Retiro de la Defensa Nacional

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Carta al Director: Guerra civil

Carta al Director: Guerra civil
Vistos de manera objetiva los actos terroristas y de violencia vandálica que acompañan a la insurrección revolucionaria en curso y el recrudecimiento de las acciones terroristas ejecutadas por fuerzas paramilitares en las regiones de La Araucanía y del Biobío, es posible afirmar que Chile está inmerso en un ambiente o en un escenario de guerra civil y que está ad portas de un conflicto o enfrentamiento armado entre miembros o bandos de un mismo país.
Guerra civil
Señor Director:
Vistos de manera objetiva los actos terroristas y de violencia vandálica que acompañan a la insurrección revolucionaria en curso y el recrudecimiento de las acciones terroristas ejecutadas por fuerzas paramilitares en las regiones de La Araucanía y del Biobío, es posible afirmar que Chile está inmerso en un ambiente o en un escenario de guerra civil y que está ad portas de un conflicto o enfrentamiento armado entre miembros o bandos de un mismo país.
Aún estamos a tiempo para conjurar esta trágica amenaza. Para ello es condición sine qua non que el Gobierno resguarde el Estado de Derecho y el orden público, para lo cual cuenta con el monopolio de la violencia física legítima —representada por la espada en la tradicional imagen de la justicia—; violencia que, por deber de autoridad, está obligado a aplicar para contener la violencia ilegítima y lograr mediante ella la restitución del orden social exigido por el bien común.
El Estado tiene la obligación de defenderse con todos los medios de los que dispone, aunque para ello sea preciso adoptar medidas de fuerza extremas.
Salus populi suprema lex est —la salvación del pueblo es ley suprema— era el primer principio del Derecho Público Romano. “El que tolera el desorden para evitar la guerra, tendrá primero el desorden y después la guerra” (Maquiavelo).
La historia solo condena a los pueblos que renuncian a defenderse.
Atentamente le saluda.
Adolfo Paúl Latorre

      Abogado

 

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Carta al Director: Elementos de la insurrección

Carta al Director: Elementos de la insurrección
Los actos terroristas y de violencia vandálica a lo largo y ancho del territorio nacional son las expresiones más patentes de la insurrección revolucionaria.
Elementos de la insurrección
Señor Director:
Los actos terroristas y de violencia vandálica a lo largo y ancho del territorio nacional son las expresiones más patentes de la insurrección revolucionaria. Sin embargo, hay otros elementos que no son tan evidentes, tales como las acusaciones constitucionales contra el Presidente de la República y ministros de Estado, la tramitación de proyectos de ley presentados por senadores o diputados sobre materias que son de iniciativa legislativa exclusiva del Presidente o el proceso constituyente en curso; proceso que es jurídicamente nulo porque el acto jurídico que le dio origen adolece de un vicio del consentimiento, ya que fue impuesto por la fuerza y producto de un verdadero chantaje, cuando el país estaba invadido por una extrema violencia (amparada por quienes la utilizaban para lograr lo que no obtenían con los votos).
Atentamente le saluda.
Adolfo Paúl Latorre

                                                                                     Abogado

Un aporte del Director de la Revista UNOFAR, Antonio Varas Clavel

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Carta al Director: Presos políticos

Carta al Director: Presos políticos
El Ministro del Interior afirmó que “en Chile no hay presos políticos” y que las personas privadas de libertad están en la cárcel “por resoluciones de los tribunales de justicia, no del Gobierno”.
Presos políticos
Señor Director:
      El Ministro del Interior afirmó que “en Chile no hay presos políticos” y que las personas privadas de libertad están en la cárcel “por resoluciones de los tribunales de justicia, no del Gobierno”.
Si bien tal aserto es efectivo en el caso de las personas condenadas por delitos de carácter terrorista cometidos en la región de La Araucanía, no lo es en el caso de los militares condenados en los juicios denominados “de derechos humanos”. Ellos sí son presos políticos, por cuanto se hallan privados de libertad no en virtud de la aplicación de las leyes, sino que debido a sentencias que las atropellan descarada e impunemente por razones políticas.
       En esos juicios los jueces fallan contra leyes expresas y vigentes y vulneran principios esenciales del derecho penal tales como el de legalidad y de irretroactividad de la ley penal —nullum crimen, nulla poena sine praevia lege y sus exigencias de lex previa, lex certa, lex scripta y lex stricta— un principio que no solo está garantizado por nuestra Constitución Política sino que por el derecho internacional de los derechos humanos y que no puede suspenderse en situación alguna, ni siquiera en caso de guerra, de peligro público o de otra emergencia que amenace la independencia o seguridad del Estado.
Atentamente le saluda.
Adolfo Paúl Latorre

        Abogado