Columna de Opinión

Institucionalizando el conflicto

Institucionalizando el conflicto 

Natalia González Bañados . Abogada y Master en Derecho 

Llevamos años conviviendo en un ambiente insoportable, sobre politizado y al  extremo polarizado. El conflicto se ha instalado prácticamente como una  condición de la existencia ¿Deseamos permanecer así? Pienso que la gran  mayoría de los ciudadanos contestaría que no. Entre los severos problemas  económicos y de seguridad pública, seguir condimentando la división y el mal  trato entre nosotros nos conducirá a un destino desgraciado.

Pero no todos están por resolver nuestras diferencias en paz. Hay quienes  validaron la violencia como método de acción política y hoy buscan  institucionalizar el conflicto entre nosotros a través de la propuesta  constitucional. Lo hacen bajo un proyecto de democracia radical y aparente, pero  la tildan, propagandísticamente, de sustantiva, inclusiva y participativa. Yes que  las nuevas lógicas de acción política que se instalan desde la extrema izquierda  suponen y requieren del conflicto social permanente.

En momentos en que se vive una crisis de representación y en que los partidos  políticos están desprestigiados, surge la oportunidad perfecta para que la  izquierda radical chilena instrumentalice a los movimientos sociales y las causas  identitarias, como una nueva forma de agitar las aguas, haciendo imposible la  deliberación y los acuerdos.

Como el relato adversarial entre dueños del capital y obreros se ve superado en  la actualidad en tanto instrumento, la extrema izquierda chilena recurre a esta  nueva forma de acción política, de corte corporativista, para transformar el  orden social. Para la izquierda radical, de la que afortunadamente ha comenzado  a separarse parte de la centroizquierda, es indispensable la constitución de  identidades colectivas que construyan hegemonía a partir de la disputa en los  múltiples centros del poder.

Para esta izquierda “schmittiana”(1), el criterio autónomo de lo político reside en  la distinción entre amigo y enemigo. Basta con la posibilidad real de agruparse  como amigos y enemigos para crear una unidad que tiene un carácter decisivo.

1 Carl Schmitt fue un jurista alemán, teórico político y miembro destacado del Partido  Nazi. Schmitt escribió extensamente sobre el ejercicio efectivo del poder político.

Lo político es así una forma de enfrentamiento, en que los adversarios no son  sujetos individuales, sino que la unidad de análisis de la relación política es el  grupo, de modo que en la relación amigo enemigo se oponen dos colectividades,  distinguibles públicamente. Las relaciones políticas, de este modo concebidas,  se caracterizan por la presencia del antagonismo (Arditi, 1995); el conflicto está  en la base de lo político. El caso contrario, el de un mundo en paz sin posibilidad  de lucha entre amigos y enemigos, carecería de política.

A través de estos colectivos, la izquierda extrema encuentra plataformas para  agitar su ideario político radical, para luego beneficiarlos y perpetuar el círculo.  Las identidades colectivas, antagónicas de ese algo exterior que les niega  identidad (al mismo tiempo que es condición de su existencia), permiten erigir  fronteras incompatibles e indispensables para la constitución del sujeto político.  Bajo la corriente “schmittiana”, que inspira a Atria y tantos otros, para construir  una identidad colectiva, a través de una serie de equivalencias, es esencial la  división del terreno en dos campos y la producción discursiva del enemigo.

Y el asunto es que la propuesta constitucional, identitaria, plurinacional y  fraccionadora, es la consagración misma, y la perpetuación permanente, del  antagonismo. En vez de avanzar hacia modelos orientados a configurar grandes  mayorías; representativas del interés general de la sociedad, que faciliten los  acuerdos en la arena política, tan demandados por la ciudadanía en salud,  pensiones, educación y orden público.

El sentido y fin del texto que votaremos en septiembre está en la fragmentación  de la sociedad para mantenerla en clave de conflicto. Hija del octubrismo, más  a la izquierda y radical que muchos que hoy se definen de izquierda en Chile, la  propuesta constitucional es la formalización del conflicto social permanente. Y,  atención, ningún país alcanza niveles de desarrollo humano deseables y mayor  calidad de vida con altos niveles de conflicto interno.

Paradojalmente, aprobar la propuesta de nueva Constitución es aprobar el  conflicto institucionalizado que solo profundizará la división de la que nos  prometieron escapar y que supuestamente se originaba en la Constitución  actual. Y como en conflicto permanente no hay progreso posible, aprobar es  también despedirse de un mayor bienestar y de esos derechos sociales que tanto  nos prometieron.

La propuesta es, en vez la receta garantizada para el más estrepitoso fracaso.  ¿Es eso lo que queremos a partir del 5 de septiembre?

Página Editorial del sitio Web Cosur Chile y de su revista digital “Tres Espadas”  Av. Bernardo O’Higgins 1452, piso 3, Santiago. www.cosur.cl y contacto@cosur.cl

Las opiniones en esta sección, son de responsabilidad de sus autores y no reflejan necesariamente el pensamiento de la Unión de Oficiales en Retiro de la Defensa Nacional

Columna de Opinión

Igualdad Sustantiva

Igualdad sustantiva 

Francisco Bartolucci Johnston . Abogado y Profesor de Derecho 

Una de las definiciones ideológicas más controversiales que contiene el texto de  nueva Constitución que se nos propone aprobar es la de la “igualdad sustantiva”  contenida en el artículo 1 numeral 2 de dicho texto que señala que se “Reconoce  como valores intrínsecos e irrenunciables la dignidad, la libertad, la igualdad  sustantiva de los seres humanos y su relación indisoluble con la naturaleza”. La  idea de la “igualdad sustantiva” entre todas las personas se refuerza en el  artículo 25 numeral 1 que señala: “Toda persona tiene derecho a la igualdad,  que comprende la igualdad sustantiva, la igualdad ante la ley y la no  discriminación”, para luego hacerla aplicable a los derechos fundamentales en el  numeral 2. 

Ahora bien, la “igualdad sustantiva” se refiere a la igualdad entendida como  resultado y no como declaración o aspiración, de modo que esa igualdad debe  ser efectiva en la práctica y según lo señala el texto constitucional que se nos  propone aprobar se trata de “un valor intrínseco e irrenunciable de los seres  humanos” del cual es garante el Estado, asegurándolo a todas las personas. 

El punto conflictivo de esta declaración es que la “igualdad sustantiva” no  aparece expresada en el texto como un ideal deseable – lo cual ya es muy  discutible — sino como un derecho de las personas que el Estado debe imponerse  como una tarea alcanzar. Así entonces, por mandato constitucional el Estado  debe tomar los resguardos necesarios para que en la práctica todos seamos  “sustancialmente iguales”.  

Es en esta perspectiva ideológica que se explican tantos artículos de la nueva  Constitución y su carácter estatista y estatizante (sistemas unificados de salud,  educación o previsión; o la promesa de una vivienda digna y oportuna para todas  las personas, por ejemplo).  

El Estado, se señala en el nuevo texto, “garantiza en el reconocimiento, goce y  ejercicio de los derechos fundamentales la igualdad a todas las personas”; por  tanto, nadie puede estar en mejor posición, ni siquiera si es el resultado de su  esfuerzo, su talento o su trabajo. Desde luego, entonces, la actividad privada en  la provisión de servicios y derechos fundamentales aparece como una amenaza  para la forzada “igualdad sustantiva” que el Estado debe asegurar.

Planteada así la cuestión de la igualdad en el texto redactado por la Convención,  el riesgo para nuestra libertad es evidente desde el momento que el Estado  queda revestido con la facultad y grabado con la obligación de igualarnos a  todos, para cumplir el mandato constitucional de alcanzar la “igualdad  sustantiva.” 

La “igualdad sustantiva” es parte del ideario socialista (más o menos extremo,  da lo mismo) y la promesa de todas las dictaduras. Es la que rige en Cuba o  Nicaragua, donde todos son iguales en la pobreza; o en Venezuela donde todos  son igualmente tributarios al poder omnipotente del Gobierno de Maduro; o es  impuesta en los países controlados por los Talibanes; o se manifiesta en la  miseria de Haití y de tantos países africanos.  

Mi proposición, es no asumir el riesgo que para nuestra libertad conlleva la  promesa de la “igualdad sustantiva” que ofrece una Constitución fuertemente  ideologizada y partisana y rechazándola redactar un nuevo texto que, fijando al  Estado un fuerte rol social y solidario, permita rija en nuestro país esa igualdad  que es justicia: la que en libertad se da entre los iguales.

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