Columna de Opinión

Mujer en la Constitución

 

 

Viña del Mar, 30 de enero de 2023.

Mujer en la Constitución

 

Señor Director:

 

Doña Alejandra Krauss, miembro de la Comisión Experta que propondrá un anteproyecto de nueva Constitución declaró que “en la Constitución vigente, la palabra ‘mujer’ aparece una sola vez”, dando a entender que en la Constitución Política de 1980 los varones y las mujeres no son iguales ante la ley y que las mujeres quedan en una situación desmejorada, lo que no es efectivo.

Si doña Alejandra hubiese consultado el diccionario se habría dado cuenta que la palabra “hombre” en su primera acepción significa “ser animado racional, varón o mujer”. Por tal razón el inciso primero del artículo 1º del texto original de la Carta Fundamental decía “Los hombres nacen libres e iguales en dignidad y derechos”.

La misma equivocación de doña Alejandra dio origen a la ley 19.611 del 16 de junio de 1999 que sustituyó en dicho inciso la expresión “Los hombres” por “Las personas”. Así, la versión actual del precitado inciso dice: “Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos”, con lo que se da el absurdo de que las personas naturales y las personas jurídicas son iguales en dignidad y derechos; pues donde la ley no distingue no le es lícito al intérprete distinguir (ubi lex non distinguit, nec nos distinguere debemus).

 

Atentamente le saluda.

 

                                                                                             Adolfo Paúl Latorre

 

 

Referencia:  Declaración de doña Alejandra Krauss publicada en el diario Las últimas noticias el 29 de enero de 2023.

Las opiniones en esta sección son de responsabilidad de sus autores y no reflejan necesariamente el pensamiento de la Unión de Oficiales en Retiro de la Defensa Nacional

Columna de Opinión

Proyecto de infraestructura crítica

Viña del Mar, 26 de enero de 2023.

Proyecto de infraestructura crítica 

Señor Director:

En relación con el proyecto de reforma constitucional que busca permitir que las Fuerzas Armadas resguarden la infraestructura crítica, cabría comentar que ellas no podrían cumplir exitosamente tal misión si se mantuviesen las restrictivísimas reglas de uso de la fuerza vigentes, que dejan a los militares sin capacidades disuasivas o represivas y a los terroristas con vía libre para cometer impunemente sus atentados; puesto que los militares actualmente están reducidos a la calidad de meros espantajos.

Si a los efectivos militares no se les facultare expresamente para usar sus armas letales contra quienes estén cometiendo o se apresten a cometer actos terroristas u otros graves atentados contra instalaciones que son estratégicas para el país y no se les asegurare que no serán encarcelados por “violar los derechos humanos” o por “abuso de la fuerza” si las usaren —salvo eventuales casos de acciones dolosas debidamente acreditadas— la referida reforma constitucional de nada serviría.

La obligación esencial de los gobernantes es la conservación del orden público, haciendo uso de la violencia física legítima del Estado —de la cual este tiene el monopolio— si ello fuese necesario para lograr tal cometido.

 

Atentamente le saluda.

 

                                                                            Adolfo Paúl Latorre

                                                                                     

Publicada en La Tercera y en El Austral de Temuco el 27 de enero de 2023. También, el 27 de enero de 2023, en El Diario de AtacamaEl Mercurio de Antofagasta, El Llanquihue de Puerto Montt y El Austral de Osorno bajo el título “Infraestructura crítica”.

 

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