A las 15 00 hrs del 11 de Septiembre, se concurrió al Senado de la República, para exponer ante la Comisión de Defensa, cuyo detalle se indica en documento que se adjunta. Al término de la reunión se hizo entrega a los senadores integrantes, de una carpeta, donde se expone en forma detallada cada uno de los aspectos tratados en la oportunidad. DIRECTORIO DE ASOFAR
EXPOSICION ANTE COMISION DE DEFENSA DEL SENADO.
SEÑOR PRESIDENTE DE LA COMISION DE DEFENSA DEL SENADO DON JUAN ANTONIO COLOMA CORREA
DISTINGUIDOS SEÑORES SENADORES INTEGRANTES DE LA COMISION
La ASOCIACION DE OFICIALES DE LA ARMADA EN RETIRO, ASOFAR, asociación de carácter nacional nacida en Valparaíso hace ya más de medio siglo, forma parte de la FEDERACION GREMIAL DEL PERSONAL RETIRADO DE LA DEFENSA NACIONAL, CARABINEROS Y MONTEPIADAS DE LA V REGION, FEDEGREM. Desde hace ya largo tiempo, trabajan en conjunto, y se relacionan de igual manera, con Instituciones, Organismos de Gobierno y Privados, representantes de Poderes del Estado, Colegios Profesionales y otros, para alcanzar los objetivos de la corporación y de sus asociados. Esta fructífera unión y participación en conjunto, ha sido exitosa.
Sobre la base de lo expuesto, y accediendo a la invitación que tan gentilmente ha formulado la Comisión de Defensa del Senado de la República a ambas corporaciones, emitiremos una opiniónen conjunto, respecto de la materia en análisis.
Inicialmente es necesario señalar que el proyecto que se analiza, se refiere al régimen previsional por el que se rigen un grupo muy especial de profesionales chilenos, cuya característica fundamental es que son esencialmente estatales y que lo son, por causa de, y gracias a, la existencia de dicho régimen previsional, régimen radical y esencialmente diverso en relación a otros. Refuerza lo señalado, lo característico de las funciones que dichos profesionales ejecutan y la particular especialización que a lo largo de su carrera deben adquirir y perfeccionar; las condiciones en que se realiza la función y la obligación de cada uno de ellos de anteponer el interés general nacional al particular. Un uniformado, entre otros, no cuenta con un contrato de trabajo que lo respalde; no se consigna en su reglamentación, normasque fijen un máximo de horas/diarias u horas/semanalesde trabajo, que establezca tarifas o compensaciones por horas de trabajo extraordinario o que considere un procedimiento de negociación colectiva; el uniformadoestá obligado a desempeñar la función que se le asigne y, no menos importante, es que está obligado a vivir con su familia, por tiempo indeterminado, donde se le destine. Ante una emergencia de gravedad o de carácter nacional dejará esposa y familia, y se pondrá en un mínimo lapso, a disposición del mando correspondiente para, comprometidamente, comenzar a servir y prestar ayuda a los compatriotas que lo necesiten.
El proyecto que nos convoca, nace de un compromiso pre eleccionario, contraído luego que los encargados de elaborar el programa de gobierno en ese entonces,evaluaran, valorizaran y priorizaran las demandas de orden previsional hechas con anterioridad por el personal en retiro de las FF.AA. y de Orden. Es decir, fueron incluidas en el compromiso, sólo aquellas demandas factibles de cumplir en un futuro mandato.
El texto legal presentado por el gobierno a consideración del Parlamento, tendría en nuestra opinión como objetivo prioritario, cumplir en parte con el compromiso contraído, con el personal de las FF.AA. y de Orden en retiro, por S.E el Presidente de la República cuando era candidato. Infelizmente para nuestras aspiraciones, es posible visualizar un segundo objetivo gubernamental, consistente en eliminar algunos beneficios de antigua data, modificaciones previsionales que corresponden a iniciativas promovidas incluso en anteriores administraciones, tendientes a corregir algunos probables abusos e inconsistencias.
Al respecto y en nuestra particular opinión, estimamos que la razón principal de lo obrado es económica pues, aunque es evidente que en los primeros años el proyecto arrojara cifras negativas, esta situación se revierte a los 15 años, oportunidad en que dichas cifras se tornarán positivas.
Como representantes del personal pasivo, queremos expresar nuestroagradecimiento al Gobierno, al Congreso y a todos quienes están participando en su tramitación, pues este viene felizmente a eliminar una exclusiónque tuvo lugar hace ya más de diez años, cuando el Presidente de la época, Don Ricardo Lagos Escobar, propuso al Congreso un proyecto de similar índole para favorecer a los pensionados del IPS( ex INP)., proposición si, que a diferencia de la que actualmente se discute, consignaba un único artículo, lo que permitió una rapidísima tramitación y aprobación.
Analizando más en detalle el proyecto y en lo que dice relación con la eliminación del 6% queremos dejar constancia y reiterar ante las Autoridades Legislativas del País, que dicha eliminación no constituye en ningún caso un aumento de remuneraciones, pues esta sólo iguala el beneficio otorgado el año 2001 a 115.000 pensionados del IPS, oportunidad en que, como se señaló, los pensionados de las FF.AA. y de Orden fueron excluidos. Si es importante destacar que en dichaocasión, se aplicó un criterio diferente al utilizado actualmente, pues se otorgó un trato preferencial a los pensionados mayores de 74 años de edad, y la aplicación integral de la ley se cumplió en 6 meses.
En cuanto a la derivación a salud del 0.5% que teóricamente se destinaba a revalorización de pensiones, quisiéramos puntualizar algunos aspectos de carácter general, pues el detalle será expuesto por el expositorrepresentante de Fedegrem.
1° Ningún sistema previsional considera el descuento que se menciona.
2° Lo consignado en el proyecto es incompleto pues no incluye a la totalidad de los pensionados como había sido considerado originalmente, sino sólo a los mayores de 65 años.
3° Los representantes del personal en retiro de las FF. AA. y de Orden nunca solicitaron que el mencionado descuento se eliminara, como probablemente cualquier otro grupo de dirigentes gremiales del mundo, lo habría solicitado. Muy por el contrario, se insistió en que dicho descuento se redestinara a salud en la esperanza de mejorar las prestaciones, dado que en el Sistema de Salud de la FF.AA y de Orden, el aporte al sistema es efectivamente solidario es decir, el que gana más, aporta más; la normativa vigente no contempla el GES y tampoco se tiene considerado en plazo breve, la eliminación del 7% de salud para los mayores de 65 años de edad, tal cual ya se hizo para parte de los chilenos.
4° El porcentaje en cuestión, que le fue descontado por décadas al personal en retiro, si bien es cierto nunca se destinó a revalorizar las pensiones, leyes emitidas posteriormente, lo destinaron a financiar otras tareas del Estado, lo que nos permite señalar que este hecho debería ser considerado como un significativo aporte de los pensionados a aliviar la carga financiera del país y que esperamos se tenga debidamente contabilizado.
Finalmente quisiéramos recalcar que:
Algunos de los beneficios previsionales contemplados eliminar en el proyecto son, para algunos asesores, “meras expectativas, por encontrarse pendiente el cumplimiento de uno o más requisitos por ley para obtenerlos”. Al respecto, no podemos dejar de señalar que algunas de las motivaciones que inducen a las personas a ingresar a la FF.AA. y de Orden son justamente dichas expectativas previsionales, contempladas en la normativa vigente.
Si bien no puede desconocerse que, aunque con años de retraso, lo establecido en el proyecto originará momentáneos beneficios económicos y sociales, tampoco poco puede dejarse de mencionar que quedan pendientes la reparación de graves daños de orden previsional que, teniendo su origen en décadas pasadas, continuaron incrementándose a lo largo del tiempo, donde leyes de parche dictadas en años posteriores, originaron que el sector pasivo haya venido sufriendo un deterioro progresivo de sus pensiones, situación que mantiene a los más ancianos viviendo en una situación deplorable e insostenible y que requiere urgente, la búsqueda de una pronta solución.
Estamos conscientes que existe consenso para eliminar el montepío para las hijas solteras sin embargo, quisiera dejar en las mentes de quienes nos escuchan, que hay casos únicos y especialísimos, que debieran ser analizados en su mérito y que los señores senadores integrantes de esta comisión, sobre la base de su experiencia jurídica y humana, es probable que encuentren una justa solución.
EN EL DOCUMENTO QUE SE ENTREGARA AL TERMINO DE AMBAS EXPOSICIONES, SE SOLICITA A LA COMISIÓN DE DEFENSA DEL SENADO SEAN INCORPORADAS AL PROYECTO LAS SIGUIENTES INDICACIONES:
1.-VIGENCIA DEL PROYECTO.
El proyecto en trámite propone vigencia al 6° mes siguiente al de la publicación.
Se solicita vigencia al mes siguiente de la publicación del proyecto.
2.-ELIMINACIÓN DEL 6% AL FONDO DE RETIRO DE CAPREDENA.
El proyecto en trámite propone tramos de gradualidad por monto de pensión con una duración de tres años.
Se solicita agregar al primer tramo a los mayores de 80 años de edad independiente del monto de su pensión.
3.-DERIVACIÓN DEL 0.5% DEL FONDO DE REVALORIZACIÓN DE PENSIONES DE CAPRENA AL SISTEMA PREVISIONAL DE SALUD.
El proyecto en trámite contempla sólo a los mayores de 65 años de edad.
Se solicita redestinar la cotización del 0.5% del Fondo del Revalorización de Pensiones de todos los pensionados al Fondo Solidario de Salud de los sistemas.
4.-MODIFICACIÓN QUE AFECTA AL MONTEPÍO DE LA VIUDA O VIUDO.
El proyecto en trámite contempla nuevos requisitos para el caso en que el causante dejare viuda o viudo con derecho a montepío, e hijos de anteriores matrimonios o no matrimoniales. Los cambios y modificaciones introducidas originan un error, el que deja a las viudas percibiendo un montepío muy inferior al que por ley les corresponde por lo que se solicitasuprimir la letra b) del inciso sexto, del número 6) del artículo 5º aludido.