Columna de Opinión
Poder Judicial y derechos humanos
LAS OPINIONES VERTIDAS EN ESTA COLUMNA DE OPINIÓN SON DE RESPONSABILIDAD DE SUS AUTORES Y NO REFLEJAN NECESARIAMENTE EL PENSAMIENTO DE LA UNIÓN
La mayoría de los militares procesados y los actualmente privados de libertad son inocentes, están libres de culpa o exentos de responsabilidad criminal. Todos ellos han sido condenados mediante sentencias dictadas contra leyes expresas y vigentes, y con abierta vulneración del derecho humano a un debido proceso.
Viña del Mar, 16 de enero de 2019.
Poder Judicial y derechos humanos
Señor Director:
En una columna publicada ayer bajo este mismo título el presidente de la Corte Suprema, Haroldo Brito, dice: “Chile es un país que ha dado pasos relevantes al sancionar penalmente las infracciones a los derechos humanos”.
Lo que no dice es que tales sanciones —a los militares, carabineros y policías que se vieron obligados a afrontar la violencia revolucionaria— fueron logradas atropellando nuestra Carta Fundamental, tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentran vigentes, y principios esenciales del derecho penal. Tampoco dice que para ello fue necesario violar los derechos humanos de los imputados a la presunción de inocencia, a la igualdad ante la ley, a la prescripción de la acción penal y a la cosa juzgada; y los principios de legalidad, de irretroactividad de la ley penal, de favorabilidad y pro homine.
La mayoría de los militares procesados y los actualmente privados de libertad son inocentes, están libres de culpa o exentos de responsabilidad criminal. Todos ellos han sido condenados mediante sentencias dictadas contra leyes expresas y vigentes, y con abierta vulneración del derecho humano a un debido proceso.
Atentamente le saluda.
ADOLFO PAÚL LATORRE
Abogado
Publicada en El Mercurio de Santiago el 17 de enero de 2019, sin el último párrafo.
DECLARACIÓN PÚBLICA
Señala Multigremial de Militares y Policías (R), FACIR:
“Presidente de la Corte Suprema omite en sus afirmaciones sobre Poder Judicial y DD.HH que en los procesos llevados en estos 30 años se han violado los Derechos de los Acusados”
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Dicen que los “pasos relevantes” a los que hace referencia el Presidente del Máximo Tribunal del país han estado dirigidos más bien hacia la prevaricación y la venganza, y no hacia la Justicia como se quiere hacer creer, juzgándose a militares, carabineros y policías sin respetar sus DD.HH ni los principios esenciales del Derecho Penal.
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Los dichos del presidente de la Corte Suprema, Haroldo Brito, en su columna de El Mercurio de ayer miércoles, resultan muy graves porque se toman por verdades absolutas sus afirmaciones respecto que “Chile ha dado pasos relevantes en sancionar penalmente las infracciones a los derechos humanos”, pero lo que no dice es que esos “pasos relevantes” han sido a costa de violar los DDHH y esenciales de quienes han sido acusados en cada una de las causas.
Así lo informó el Centro de Estudios Jurídicos de la Multigremial de Militares y Policías (R), FACIR, encabezados por el abogado Adolfo Paúl Latorre, añadiendo que el Presidente de la Corte Suprema lo que no dice es que “tales sanciones logradas hacia los militares, carabineros y policías –quienes se vieron obligados hace 40 años a afrontar la violencia revolucionaria- las obtuvieron atropellando nuestra Carta Fundamental, tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile que se encuentran vigentes, además de principios esenciales del derecho penal”, añadiendo que resulta incluso hasta curioso que el presidente de la Suprema utilice el lenguaje de Delitos de Lesa Humanidad, a sabiendas que esa normativa entró en vigencia el 2009, por lo que en Chile no existe un solo militar o policía condenado por ello.
“Tampoco nada dice el Sr. Haroldo Brito –prosiguió el informe del Centro de Estudios Jurídicos de la Multigremial- que para lograr esas “sanciones” fue necesario violar los derechos humanos de los imputados como la presunción de inocencia, la igualdad ante la ley, la prescripción de la acción penal y la cosa juzgada; además de los principios de legalidad, de irretroactividad de la ley penal, de favorabilidad y pro homine”.
Finalmente, precisaron que “la mayoría de los militares procesados y los actualmente privados de libertad son inocentes, libres de culpa o exentos de responsabilidad criminal. Todos ellos han sido condenados mediante sentencias dictadas contra leyes expresas, y con abierta vulneración del derecho humano a un debido proceso”, añadiendo que las afirmaciones del Presidente de la Corte Suprema están muy lejos de una efectiva acción judicial imparcial, sino que más bien han dado “pasos sustantivos” hacia la prevaricación y la venganza.
Santiago, 17 enero 2019
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