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    Adolfo Paúl Latorre: Veinte años de la reforma procesal penal

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    Columna de Opinión
    admin
    Diciembre 21, 2020
    Adolfo Paúl Latorre: Veinte años de la reforma procesal penal
    Diversas personas han manifestado que la reforma procesal penal, que comenzó a aplicarse el año 2000, permitió dejar atrás un sistema inquisitivo, secreto, lento, con amplios espacios para la arbitrariedad y la vulneración de derechos humanos. Sin embargo, no quedó atrás para todos. Actualmente los ciudadanos se encuentran sometidos a dos clases distintas de justicia.
    En efecto, a los militares y policías se les sigue aplicando el antiguo sistema de procedimiento penal (que le veda a los imputados el derecho a una adecuada defensa, a un juicio justo y a ser juzgados por un tribunal imparcial) porque los jueces y los legisladores le han dado carácter permanente a una disposición constitucional transitoria que —considerando la enorme magnitud de la reforma— fue establecida para permitir la entrada en vigencia gradual del nuevo sistema procesal penal en las diversas regiones del país.
    La referida disposición autorizó la vulneración de la garantía constitucional de igualdad ante la ley durante el proceso de entrada en vigencia gradual (que comenzó el año 2000 en las regiones IV y IX y culminó el 2005 en la Metropolitana) puesto que en las regiones en las que ya había entrado en vigor el nuevo sistema procesal se aplicaba ese y en las que aún no entraba en vigor se aplicaba el antiguo, resultando penas muy diferentes por un mismo delito. Obviamente, cuando el nuevo sistema procesal penal entró en pleno vigor en todo el territorio nacional (el 16 de junio de 2005) tal disposición quedó tácitamente derogada.
    Continuar aplicándole el sistema antiguo a una pequeña cantidad de personas, vulnerando lo dispuesto en el articulado permanente de nuestra Carta Fundamental y en tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile —que garantizan la igualdad ante la ley y el debido proceso— constituye una discriminación absolutamente arbitraria, lo que está expresamente prohibido por nuestra Constitución Política.

    Adolfo Paúl Latorre

     

    Las opiniones en esta sección son de responsabilidad de sus autores y no reflejan necesariamente el pensamiento de la Unión de Oficiales en Retiro de la Defensa Nacional

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