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UNA FUERZA NAVAL CONSISTENTE

 

UNA FUERZA NAVAL CONSISTENTE.

Eduardo Santos Muñoz, Ingeniero Civil

El Mostrador, Opinión, 07/06/2023

En nuestro Chile real en que vivimos, el Ministerio de Hacienda y el Banco Central reiteradamente nos anuncian escenarios económicos de bajo crecimiento y fuertes desequilibrios presupuestarios que requerirían de polémicos aumentos de impuestos para satisfacer las grandes y justas demandas sociales, situaciones que, sin duda, afectarán fuertemente a la Defensa, pues para el dilema económico de mantequilla o cañones, claramente la opción actual es mantequilla.

Algunas décadas atrás se desarrolló una interesante polémica pública que alertaba a los chilenos de las inconsistencias del Proyecto Tridente, que en ese entonces presentaba la Armada para renovar su flota de superficie, a través de la construcción en Chile de ocho fragatas.

Afortunadamente, la fortaleza de los argumentos presentados posibilitó a las autoridades políticas optar fundadamente por fragatas usadas, que hoy nos permiten desplegar un moderno poder naval creíble.

En la actualidad, nuestra Armada ha vuelto a presentar a los chilenos una serie de propuestas para la renovación del poder naval, que llaman la atención por sus alcances y la poca transparencia de sus fundamentos, que deberían ser materia de un nuevo debate público democrático.

Intereses navales. Con el objeto de identificar los objetivos de estas iniciativas, que nos permitan evaluar sus implicancias políticas y económicas y determinar su factibilidad, me permito citar algunas declaraciones de los últimos comandantes en Jefe de la Armada, para lo cual comenzaremos con el almirante Enrique Larrañaga Martin, quien declaró en la revista Proceedings de mayo 2018, del Instituto Naval de Estados Unidos, “…más allá de cualquier consideración, siempre prevalecerá la percepción de nuestras dos marinas (de Chile y de Estados Unidos) de verse como complementarias y socias esenciales en el cumplimiento de objetivos compartidos”, lo que, entre otras actividades, se materializa con nuestra participación en las maniobras Rimpac, gran ejercicio naval multinacional en el océano Pacífico liderado por Estados Unidos y hoy orientado a la contención de China, nuestro principal socio comercial y por lo cual, indudablemente, esta actitud “complementaria” de nuestra Armada resulta inconsistente con la postura internacional de Chile de absoluta neutralidad.

Al año siguiente, su sucesor, el almirante Julio Leiva Molina, reactiva la idea de renovar la flota de superficie dentro de un Plan Nacional Continuo de Construcción Naval, que incluye la fabricación en Chile de fragatas, tal como lo informó el diario El Mercurio del 22 de mayo de 2019, que en su página C1 tituló: “Armada encargó a la UC el estudio para construir Fragatas en Chile”, precisando que se trataría de buques de 5200 toneladas y 132 metros de eslora.

Finalmente, debemos considerar el reciente contrato con Asmar por MMUS$410, para construcción de dos buques anfibios destinados primariamente a la proyección de la Brigada Anfibia Expedicionaria de la Armada, capacidades que complementarían las propuestas del actual comandante en Jefe de la Armada de Chile, almirante Juan Andrés de la Maza, quien en su entrevista al diario El Mercurio del 21 de mayo de 2023, señaló: “…Quiero dejar andando un plan de desarrollo de los submarinos, que son los más caros de la Armada. La idea es dejarle encaminado a mi sucesor esa renovación y, por qué no, quizás también otro (plan) de construcción de unidades de combate (fragatas)”.

De esta serie de propuestas surgen dos preguntas relevantes:

La primera de ellas es cómo se pretende financiar los cerca de MMUS$1.600 (en dólares actuales) necesarios para adquirir dos submarinos, además de los MMUS$ 5.000 (en dólares actuales) requeridos para construir en Asmar ocho fragatas, cifras que no consideran los intereses del financiamiento necesario ni los factores de crecimiento del precio de los sistemas de armas, tales como los propuestos en la “ley XVI de Augustine”, y que podrían llegar a duplicar estos valores para la próxima década, para un total de la astronómica suma de alrededor de MMUS$15.000.

La segunda pregunta es aún más importante, pues nos resulta sorprendente este cambio de prioridades, no necesariamente justificadas por la obsolescencia de los buques, que anticipa el desarrollo de capacidades orientadas principalmente para la proyección de la fuerza, “dejando encaminada” ahora la pronta renovación de submarinos y postergando “quizás también otro (plan)” para la construcción de fragatas; para lo cual, la respuesta podría ser que la Armada de Chile se ha imaginado nuevas misiones para proteger nuestros (¿?) intereses en ultramar; tal vez siguiendo los pasos de Australia, que ha decidido repentinamente priorizar una pantalla de nuevos submarinos de propulsión nuclear.

Esta audacia para presentar sus propuestas es un efecto de la autonomía militar que hemos denunciado reiteradamente y una consecuencia de las señales equívocas enviadas por las autoridades políticas dentro del marco de la Ley Nº 21.174 –Crea el Fondo de Capacidades Estratégicas de la Defensa–, que facilita aprobar injustificadas adquisiciones militares, considerando los cerca de 500 millones de dólares de piso para la autorización anual en compras de sistemas armas (paradójicamente, mayor que el valor que disponía la vilipendiada Ley Reservada del Cobre que reemplazó) y cuyas disposiciones son un privilegio para las Fuerzas Armadas, impresentable en un escenario interno de fuertes demandas sociales y restricción de recursos, y externo, de concordia regional.

Escenarios Estratégicos. En los últimos meses hemos sido objeto de una persuasión diplomática a través de la peregrinación silenciosa por Sudamérica de la comandante del Comando Sur de Estados Unidos, general Laura Richardson, recibiendo sus esfuerzos para alinearnos en un supuesto conflicto global entre Estados Unidos y China que, creemos, pretende transformar una competencia económica mundial en una amenaza bélica autocumplida que nos resulta ajena, pero cuyos efectos, 50 años después del golpe militar, podrían volver a afectar nuestra convivencia social.

Para evitar a tiempo este escenario, deberemos desarrollar un amplio debate político-estratégico en el marco de una nueva relación regional, resultado del Tratado de Paz y Amistad entre Argentina y Chile de 1984, que puso fin al diferendo del Canal Beagle. y de las sentencias de la Corte de La Haya por la Delimitación Marítima con Perú de 2014 y sobre la Demanda Marítima Boliviana de 2018, que resolvieron las diferencias relevantes pendientes de los conflictos vecinales del siglo XIX, abriendo la oportunidad de avanzar en una postura de legítima defensa; que permitirá a la nueva Política de Defensa, que espero nuestro Ministerio de Defensa comience a elaborar a la brevedad, a reorientarnos sobre ¿de qué defendernos? y ¿cuánta defensa es suficiente?, para, solo a continuación, estar en condiciones de evaluar las mejores alternativas para el desarrollo de nuestras Fuerzas Armadas.

Armada para el siglo XXI. En nuestro Chile real en que vivimos, el Ministerio de Hacienda y el Banco Central reiteradamente nos anuncian escenarios económicos de bajo crecimiento y fuertes desequilibrios presupuestarios que requerirían de polémicos aumentos de impuestos para satisfacer las grandes y justas demandas sociales, situaciones que, sin duda, afectarán fuertemente a la Defensa, pues para el dilema económico de mantequilla o cañones, claramente la opción actual es mantequilla.

La paradoja de esta situación es que las autoridades políticas siguen preocupadas solo de la probidad y de proponer nuevas funciones policiales para la defensa, pero nada dicen de una imprescindible Revisión Militar que evite a tiempo la inexorable decadencia de nuestra Defensa.

Sin duda, existe una falta de voluntad política para materializar los dividendos de la paz, a través de una Política Militar que evite tempranamente iniciativas autónomas como las propuestas por la Armada, sintonizando los legítimos requerimientos de capacidades con las amenazas reales, permitiendo así una reducción programada y progresiva del gasto de defensa, sin poner en riesgo nuestra seguridad.

Considerando las atribuciones presidenciales para disponer, organizar y distribuir las fuerzas, se debe evitar el mal ejemplo de las grandes potencias que pretenden resolver militarmente sus conflictos, y desplegar solo capacidades suficientes y necesarias de acuerdo a lo expresado en el Libro de la Defensa Nacional de Chile – 2017, que en su artículo 5.1 señala: “…La Defensa apoya la gestión de la Política Exterior de Chile, la cual busca preservar un orden jurídico internacional sustentado en el derecho, la promoción de la paz, la seguridad y la solución pacífica de las controversias”, lo cual debe traducirse en preservar una zona de paz sudamericana, a través de una fuerza financiable y equilibrada, consistente con las nuevas prioridades de un Estado social y democrático de derecho.

Un aporte del Director de la revista Unofar, Antonio Varas Clavel

Las opiniones en esta sección, son de responsabilidad de sus autores y no reflejan necesariamente el pensamiento de la Unión de Oficiales en Retiro de la Defensa Nacional

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2030 GLOBAL: ABORDANDO UN PLAN B REGIONAL

 

Centro de Investigaciones y Estudios Estratégicos – ANEPE-
2030 GLOBAL: ABORDANDO UN PLAN B REGIONAL

Numerosos estudios y múltiples propuestas han sido divulgados durante el último lustro, cuyo objetivo ha sido visualizar o bien diseñar escenarios que podría enfrentar la Aldea Global al 2030.

La que mayor transversalidad ha alcanzado es aquella conocida como Agenda para el Desarrollo Sostenible (ODS).

Dicha iniciativa es propiciada por la Organización de Naciones Unidas, instancia en que la mayor parte de sus integrantes (Estados signatarios) se han comprometido cumplir.

Si bien dicha Agenda continúa con un curso global, regional y local, la irrupción de ciertos fenómenos sociales, algunos no tan nuevos, ya han despertado más de algún reparo.

En efecto, el principal cuestionamiento radica en que los plazos para llevar a cabo las metas establecidas son cada vez más reducidos provocando incertidumbre en las administraciones de turno.

Analizando datos duros recogidos de diferentes estudios, organizaciones y eruditos en la materia, se puede observar que varios ODS presentan un escuálido nivel de logros y, de mantener dicha tendencia, probablemente al 2030 o antes comenzarán a aparecer recriminaciones, así como exigir responsabilidades donde todos o tal vez nadie se hará cargo.

¿Nos salvamos todos o nos hundimos juntos? Es el eslogan que ya se ha estado instaurando por estos días. ¿Será así? La pandemia del Covid-19 ha sido la última evidencia de que los asuntos internacionales no son tan fáciles de gestionar.

Al situarnos en el ámbito de la seguridad del Estado, y desde la perspectiva de los ODS, daría la impresión que los instrumentos estatales diseñados para su resguardo, protección y defensa de la soberanía no aplican o se encuentran alejados de este compromiso internacional. Algunos de los cuestionamientos que se pueden sostener son: ¿Cuáles serían aquellas amenazas que pondrían en riesgo el logro de los ODS?, o bien: ¿Cuál sería el rol y función de las Fuerzas Armadas y organismos de seguridad en un contexto de desarrollo sostenible?

Ver trabajo completo en:

https://anepe.cl/portfolio/2030-global-abordando-un-plan-b-regional/

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Fuerzas Armadas. Presentación en el Consejo Constitucional (sábado 01 de julio 2023) y propuesta presentada a la Convención Constituyente (2022) GDD. José Miguel Pizzi Cabrera

Presentación en el Consejo Constitucional

(Texto reducido a los 10 minutos de exposición. Sábado 01 de julio 2023. Casa Central U.C.)

Buenos tardes, agradezco la oportunidad de poder participar en esta audiencia. Mi nombre es José Miguel Piuzzi Cabrera, vengo en representación del Centro de Generales en retiro, lo hago también en mi condición de ciudadano y como académico e investigador en materias seguridad y defensa, con especial dedicación a las relaciones civiles militares y a la sociología militar, y con más de 35 años de experiencia obtenida al servicio del Ejército de Chile.

Nuestra propuesta se centra en dos materias muy puntuales del Anteproyecto de Constitución. La primera, propone fortalecer la norma que diferencia al personal de las Fuerzas Armadas y Fuerzas de Orden y Seguridad, en lo referido al derecho a la defensa jurídica que se consagra para toda persona.

La segunda, se refiere a la necesidad de agregar al Anteproyecto, un organismo que pueda ser convocado por Presidente de la República, ante amenazas externas que comprometan gravemente la soberanía, la protección de las personas y la integridad territorial, y, en casos de grave conmoción interna.

Paso, entonces, a explicar y fundamentar cada una de ellas. La primera de estas materias se enmarca en las garantías y libertades que establece el Anteproyecto de Constitución, específicamente, respecto de defensa jurídica que se garantiza a todos los chilenos.

 El Capítulo II, en su artículo 16, inciso 6, determina que “Toda persona, tiene derecho a defensa jurídica en la forma que la ley señale”, pero, seguidamente, se especifica: “Tratándose de los integrantes de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública, este derecho se regirá, en lo concerniente a lo administrativo y disciplinario, por las normas pertinentes de sus respectivos estatutos”. Como se puede apreciar, al circunscribir solo lo administrativo y disciplinario a los estatutos, quedan excluidos los hechos que con ocasión del servicio podrían originar, por ejemplo, imputaciones de carácter penal. Lo delicado es que, al hacerlo así, se omite que el origen de lo disciplinario y administrativo (la subordinación, el cumplimento de órdenes, las jerarquías) surge de las exigencias que impone la realidad en el cumplimiento de actos del servicio, en las condiciones propias y singulares de lo militar y policial al servicio del Estado.

Como está en el Anteproyecto, queda abierta la posibilidad cierta de que el personal militar y policial, ante cualquier imputación penal, originada en un acto de servicio, no tenga una defensa jurídica especializada que garantice el debido proceso por cuanto en los estatutos solo se consideraría lo administrativo y disciplinario. De hecho, esta norma, que es igual a la que rige en la actualidad, ha influido en que militares y policías hayan tenido que asumir su defensa como particulares, por hechos ocurridos en o con ocasión del servicio.

El profesor José Luis Cea, en su Derecho Constitucional Chileno”, tomo II, p. 159 (para la edición de 2012), hacía ver respecto de esta norma, la existencia de una desigualdad que originaba la duda si esta configuraba una discriminación que a su vez podía ser un privilegio o un perjuicio. A nuestro parecer, en lo tocante a la defensa jurídica ha sido un perjuicio.

Es más, para corregir en parte las consecuencias de esta deficiencia, los mandos de las instituciones armadas y policías han realizado esfuerzos para lograr una mayor protección de sus integrantes en el cumplimiento de sus misiones. De hecho, el Ejército y Carabineros firmaron convenios con la Defensoría Penal Pública, para la defensa de su personal ante eventuales acusaciones o demandas penales. Sin embargo, como se ha dicho, esto no resuelve el problema de la defensa jurídica, y el Anteproyecto Constitucional mantiene el mismo precepto de la Constitución vigente, y, por tanto, se pueden volver a repetir los efectos negativos que se han expuesto.

Cabe mencionar que países como Alemania, Canadá, EE. UU. y Francia por mencionar algunos, tienen sistemas especiales de justicia para militares, precisamente por la naturaleza de sus misiones y por las circunstancias en que deben cumplirlas.

Por ello, como propuesta en esta materia se sugiere cambiar en el Capítulo II, articulo 16, el texto que dice “este derecho se regirá, en lo concerniente a lo administrativo y disciplinario, por las normas pertinentes de sus respectivos estatutos”, por lo siguiente: “este derecho se regirá, para todos los efectos de la defensa jurídica, por las normas pertinentes de sus respectivos estatutos”.

La segunda materia que se propone se refiere a la necesidad de contar con un organismo del más alto nivel, que pueda ser convocado por el Presidente de la República ante amenazas externas que comprometan gravemente la soberanía, la protección de las personas, la integridad territorial y, en casos de grave conmoción interna. Para ello se propone agregar al texto la existencia de un Consejo Asesor Presidencial de Seguridad y Defensa Nacional, cuyas funciones y composición generen una contribución sustantiva para toma de decisiones en estas materias.

 Más de 60 países cuentan actualmente con órganos colegiados que contribuyen desde los más altos niveles a una visión integrada y holística de la seguridad y la defensa, entre estos: España, EE. UU., Gran Bretaña, Francia, y Brasil. El omitir la existencia de un Consejo como está en el Anteproyecto, restringe la posibilidad de que el Presidente de la República frente a situaciones de suyo crítica para el país, pueda recibir formalmente, bajo su convocatoria, y en una instancia especialmente concebida, la opinión de otros poderes y órganos del Estado, de los Ministros que se requiera, y de otras autoridades relacionadas con estas materias, entre estos, los mandos de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Orden y Seguridad.

Los estudios especializados de los últimos años en lo político estratégico, y la propia Política de Defensa de Chile, advierten la presencia de riesgos y amenazas híbridas altamente complejas, capaces de causar alarma y perjuicios a la ciudadanía.

 A lo anterior, se suman eventos disruptivos que ya están presentes, como el cambio climático, la dependencia tecnológica, las pandemias, y, sobre todo, los derivados de la competencia por el poder y los intereses que mueven a distintos países, y a organizaciones de todo tipo. Entre estos intereses, están los recursos naturales, el agua, los minerales, ciertas posiciones terrestres, el espacio marítimo, y muy importante, nuestra posición estratégica continental que se proyecta hacia Pacífico y hacia la Antártica.

 Por eso, cuando se hace referencia a elementos tan importantes para el Estado, como la soberanía, la independencia, la integridad territorial, y la seguridad de la Nación, como está en el propio Anteproyecto, es imprescindible tener presente que estos elementos constitutivos del Estado, más la seguridad, se deben hacer realidad en un escenario concreto, con las particularidades de propias de nuestra condición geográfica y en una situación político estratégica especial, con grandes potencialidades, pero también con riesgos que pueden afectar, incluso, el ejercicio de las garantías que establece el propio el Anteproyecto de Constitución. Es cierto que la tradición constitucional de Chile no consideraba un órgano de esta naturaleza en las constituciones previas a la de 1980. Tampoco fue así en el pasado, en los países que hoy cuentan con esta instancia; y tampoco era así, en materias de derechos humanos, transparencia, medio ambiente y otras, que sí incorpora el Anteproyecto Constitucional.

La toma de decisiones en materias de seguridad y defensa requiere, hoy más que antes, integrar visiones, y, al hacerlo en forma institucional y con la transparencia que el mismo anteproyecto promueve,/ aporta al normal funcionamiento del Estado, contribuye a fortalecer la confianza de la ciudadanía en las instituciones, y muy importante también, genera certidumbre en quienes por decisión precisamente de la autoridad política, deberán, si así se requiere, cumplir con las misiones más críticas propias de su condición de militar y policía.

Si se analizan con detención las dos materias que se han expuesto, una, sobre la defensa jurídica en actos del servicio, y otra, en cuanto a la existencia de un Consejo Asesor Presidencial, se podrá concluir que aportan en forma directa la integración armónica de todos los sectores de nuestro país, contribuyen, asimismo, a la eficacia de la acción militar y policial, y facilitan el desenvolvimiento normal de las relaciones civiles militares, sujetas al control propio de un sistema democrático.

 Por último, y con esto concluyo, cabe hacer presente que la historia y las experiencias de otras realidades, han demostrado que cuando no se ha contado con órganos formales que asistan en la toma de decisiones del más alto nivel en temas de seguridad y defensa 4 nacional, y si además, los derechos tan sensibles como la defensa jurídica del personal militar y policial en actos del servicio, no están debidamente garantizados, se afectan las vocaciones que requieren las instituciones armadas y las policías para su buen funcionamiento; aún más, se puede llegar a comprometer la disposición personal que demanda el cumplimiento del deber, lo que impacta en la efectividad de las misiones y tareas de estas instituciones en el ejercicio de sus cometidos.

Hechos como estos no serían comprensibles en nuestra realidad, por cuanto, más allá de cualquier limitación, tanto las Fuerzas Armadas como las Fuerzas de Orden y Seguridad han estado siempre entre las más valoradas por la ciudadanía, la que siente y aprecia que quienes están en sus filas lo hacen motivados por servir al país, y a todos los chilenos, lo que es un patrimonio que todos deberíamos tratar de mantener. Muchas gracias.

 

PROPUESTA A LA COMISIÓN SISTEMA POLÍTICO DE LA CONVENCIÓN CONSTITUYENTE

 TEMA: LAS FUERZAS ARMADAS EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPUBLICA

 AUTOR: JOSÉ MIGUEL PIUZZI CABRERA

FECHA DE EXPOSICIÓN: 22 DE FEBRERO 2022 , SESIÓN 54

  1. FUNDAMENTOS DE LA PROPUESTA.

a. La función defensa y las Fuerzas Armadas en el contexto actual

La función defensa y la existencia de las Fuerzas Armadas, emanan de la responsabilidad que tiene el Estado en cuanto a mantener la independencia del país, cautelar por su soberanía velar por la integridad de su territorio, y proteger a su población frente cualquier agresión externa. Sin embargo, el cumplimiento de dicha responsabilidad depende en gran medida del marco que defina la ciudadanía, a través de las y los constituyentes, respecto del carácter, la conformación y las principales tareas de las instituciones que las deberán llevar a cabo. Asimismo, estos objetivos están sujetos a la adhesión cívica y a la comprensión que la misma ciudadanía tenga sobre las misiones que se asignan a las instituciones armadas, como también, depende del apoyo que se brinda, a quienes, en su nombre, se deben preparar y estar dispuestos a cumplirlas, hasta con la entrega de sus vidas, como último recurso.

En este marco a las Fuerzas Armadas les corresponde desempeñar actividades que son únicas y singulares, como es estar preparadas y dispuestas para ser empleadas coercitivamente en cumplimiento de los objetivos que les ha fijado el nivel político. Este cometido, las hace distintas a cualquier servicio público, organización o empresa del Estado. De allí que, en el plano profesional, la preparación y desarrollo de carrera de su personal es también diferente a las profesiones y especialidades técnicas que se llevan a cabo en la vida civil. Estas diferencias, que se fundan en la naturaleza del quehacer de las Fuerzas Armadas y en el tipo de actividades y desafíos que deben enfrentar al servicio exclusivo del Estado, hace conveniente que los aspectos básicos que dan sentido a su servicio en bien del país estén reflejados en la Constitución.

En estos tiempos estamos en presencia de un entorno político y estratégico, que se caracteriza por su gran complejidad e incertidumbre, el que se proyecta en el tiempo. Se presentan, a su vez, cambios sociales que afectan la forma cómo la ciudadanía y los grupos sociales perciben a las instituciones, lo que también influye en quienes forman parte de los cuerpos armados. Todo esto se manifiesta, en momentos en que los Estados se han visto debilitados. Ya en 2006 Zygmunt Bauman hacía ver que “gran parte del poder que disponía el estado moderno se había desplazado al incontrolable espacio global.”

En este panorama, el espectro de misiones en lo militar se ha incrementado. Cada vez se requiere de una preparación mayor del personal, y de una colaboración, o a lo menos, de una coordinación con distintos órganos del Estado, y muchas veces con instituciones de países extranjeros. Por ejemplo, en materia de operaciones de paz, en el desarrollo de capacidades de Ciberseguridad, en la participación frente a emergencias y desastres naturales.

A lo anterior, se suma la presencia de eventos disruptivos, producto del cambio climático, de la dependencia tecnológica, de las pandemias, y, sobre todo, derivados de la competencia que está presente a nivel internacional por el poder, y producto de los intereses que mueven a distintos países y organizaciones. Entre estos intereses, están los recursos naturales, el agua, los minerales, ciertas posiciones terrestres, el espacio marítimo, y muy importante, nuestra posición estratégica continental que se proyecta hacia Pacífico y hacia la Antártica.

En el plano interno, las Fuerzas Armadas cumplen sus funciones de acuerdo con lo que establece la actual Constitución, desarrollando las actividades que permiten al país disponer de una fuerza militar que contribuye a la disuasión y que mantiene un estado operacional capaz de defender al país frente a distintas amenazas. Además, ha participado en tareas de cooperación internacional, apoyo en catástrofes y emergencias, en tareas orden interior bajo decretos de estados de excepción constitucional, y en otras, de apoyo al desarrollo y a la investigación en zonas más aisladas del territorio terrestre, marítimo y aéreo espacial del país.

Además, desde fines del siglo pasado ha incorporado a los currículos de los cursos de formación, materias relacionadas con los Derechos Humanos y con Derecho Internacional Humanitario. Asimismo, al igual que otros organismos del país, desarrollan acciones para mejorar la gestión y uso de los recursos que se les asignan, y junto al Ministerio de Defensa han optimizado las normas y controles en materia de probidad y uso de recursos económicos y materiales.

Lo expuesto hasta aquí nos permite deducir la importancia que tendrá para la ciudadanía, para el Estado, y para la Defensa, la visión que prevalezca y la forma como se expresen en la Constitución los aspectos más básicos de las Fuerzas Armadas.

b. Aportes que conlleva explicitar en el texto constitucional el marco

Por una parte, permite que la ciudadanía, los distintos poderes del Estado y los órganos de este, conozcan el marco de acción que a nivel Constitución se establece a unas instituciones que, en su nombre, podrán emplearse en la defensa y hacer uso de la coacción legitima de la fuerza, cuando la autoridad política lo disponga.

Con ello se destaca el carácter estatal de las mismas, y se reafirma, el “poder del Estado”, no de las Fuerzas Armadas. Esto es relevante en el contexto nacional e internacional, al declarar en la propia Constitución los organismos del Estado encargados de llevar a cabo las funciones defensa y el marco en que actuarán.

Por otra parte, la explicitación en el texto colabora a su integración armónica con todos los sectores del país y viene a reafirmar dos requerimientos básicos que tanto el Estado, los gobiernos y las propias Fuerzas Armadas deberían cautelar, me refiero al principio de subordinación a la autoridad elegida democráticamente, y a la necesidad de asegurar la eficacia de la fuerza militar en el cumplimento de sus diversas misiones. Para eso, es necesario incluir los imperativos que hacen posible la subordinación y la eficacia, es decir, su carácter de obedientes, no deliberantes, además, de profesionales, jerarquizadas y disciplinadas.

En un plano distinto, es muy relevante para los organismos con que Chile interactúa en el plano de la defensa y la cooperación internacional, el que exista claridad sobre sentido y alcance que constitucionalmente se le otorga las Fuerzas Armadas, diferenciándolas de las labores policiales o de otro orden. En este sentido, dicho esclarecimiento es, también, una manifestación de los límites que se le impone al poder Estado en algo tan sensible como es uso de la fuerza.

Por otra parte, conviene considerar que generar las capacidades estratégicas de las Fuerzas Armadas toma años y requiere estabilidad en las normas. Entre estas, formar dotaciones en las distintas especialidades, con vocación y disposición servicio para aceptar las limitaciones de algunos derechos, que dada la naturaleza de la acción militar se impone a sus integrantes.

Esto último nos remite a una materia fundamental de una Constitución como son los derechos y garantías constitucionales. En el caso del servicio que prestan las Fuerzas Armadas, es necesario especificar las limitaciones que tendrá el personal militar, en el entendido que dichas garantías, no pueden ser aplicados integralmente en el caso de una fuerza armada. Lo expuesto, se origina en el hecho de disponer de las armas que le entrega el Estado y en la necesidad de preservar la efectividad en su accionar.

Por lo mismo, derechos tales como: reunión y manifestación, libertad de sindicación, derecho a huelga, libertad de expresión y de información, quedan limitados para quienes integran estos cuerpos. En todo caso, ello no debería traducirse, por ejemplo, en que el personal militar quede sin una defensa jurídica especializada en procedimientos militares, cuando, por distintas circunstancias, deban concurrir ante los tribunales de justicia por situaciones derivadas de un acto del servicio.

De esta forma se aporta a la estabilidad de estas instituciones y de la armónica relación de sus integrantes con la sociedad de la cual forman parte, y de paso se limita la posibilidad que, a raíz cambios frecuentes en las normas, se pueda hacer un uso político de ellas, o más grave aún, que estas se politicen, pudiendo afectar el compromiso y subordinación a la institucionalidad y al poder político, además de deteriorar las capacidades militares.

En síntesis, se estima que la mejor garantía de una defensa acorde a los requerimientos del presente y los que se perfilan a futuro es concebir un marco normativo coherente que otorgue claridad y estabilidad al quehacer de las Fuerzas Armadas. Así se ha aplicado en varios de los países de Europa y de América Latina, lo que consta en los documentos que están en poder de la Convención Constitucional, entregados por la ANEPE y por otros organismos. Ello no limita el control político de estas instituciones, las sitúa como instrumentos del poder del Estado, sujeto a la autoridad política, y a los controles que les corresponde a los organismos que determina la propia Constitución.

  1. PROPUESTA DE NORMAS QUE SE SUGIERE INCLUIR EN EL TEXTO CONSTITUCIONAL

Se propone considerar un capítulo o un apartado específico referido a las Fuerzas Armadas, donde se especifique su carácter, misiones, composición, sistemas de ingreso, designación de los mandos en jefe, y exclusividad en el uso de las armas.

De esta manera, a diferencia de un texto que exponga de manera “dispersa” los basamentos constitucionales de las Fuerzas Armadas, como se ha propuesto en algunos documentos, el estar concentradas las normas más esenciales en un capítulo, facilita su comprensión en el contexto de variadas normas que están presentes en otros apartados, y que dicen relación con los institutos armados, por ejemplo, en las atribuciones del Presidente de la Republica; normas propias del Congreso Nacional o de la Contraloría General de la República, entre otras.

Como referencia de un texto correspondiente a un capítulo que incluya a las Fuerzas Armadas, me sumo a la iniciativa presentada en esta Comisión por la Profesora de Derecho Constitucional, Sra. Marisol Peña Torres, la que se incluye a continuación, con su autorización.

Propuesta de texto de Capítulo

FUERZAS ARMADAS, DE ORDEN Y SEGURIDAD PÚBLICA

Artículo xxx: Las Fuerzas Armadas, dependientes del Ministerio de Defensa Nacional, están constituidas única y exclusivamente por el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea. Existen para la defensa de la independencia política y de la integridad territorial del Estado de conformidad con lo señalado por la Constitución, la ley y los principios de derecho internacional que regulan el uso de la fuerza. Lo anterior es sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos xx y siguientes de esta Constitución.

Las Fuerzas Armadas contribuyen al mantenimiento y promoción de la paz y la seguridad internacionales en conformidad a los objetivos de la política exterior.

Las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, dependientes del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, están integradas sólo por Carabineros e Investigaciones. Constituyen la fuerza pública y existen para dar eficacia al derecho, garantizar el orden público y la seguridad pública interior, en la forma que determine esta Constitución y sus respectivas leyes orgánicas.

Asimismo, y previo acuerdo del Congreso Nacional adoptado por la mayoría de sus miembros en ejercicio, el Presidente de la República, podrá disponer que las Fuerzas Armadas intervengan en programas destinados a promover el desarrollo social y económico del país y concurrir en auxilio de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública para mantener o restablecer la seguridad pública interior.

Artículo xxx: Las Fuerzas Armadas y las Fuerzas de Orden y Carabineros, como cuerpos armados, son esencialmente obedientes al poder institucional de la República y no deliberantes. Las fuerzas dependientes de los Ministerios de Defensa Nacional y de Interior y Seguridad Pública son, además, profesionales, jerarquizadas y disciplinadas.

Artículo xxx: La incorporación a las plantas y dotaciones de las Fuerzas Armadas y de Carabineros sólo podrá hacerse a través de sus propias Escuelas, con excepción de los escalafones profesionales y de empleados civiles que determine la ley. En la formación que se imparta en dichas Escuelas se incluirán siempre contenidos sobre democracia y derechos humanos.

Artículo xxx: El Estado ejerce el monopolio legítimo del uso de la fuerza a través de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública. Ninguna persona, grupo u organización podrá poseer o tener armas u otros elementos similares que aquellos que señale la ley sin autorización otorgada en conformidad a ésta.

La ley determinará el Ministerio o los órganos de su dependencia que ejercerán la supervigilancia y el control de las armas. Asimismo, establecerá los órganos públicos encargados de fiscalizar el cumplimiento de las normas relativas a dicho control.

Artículo xxx: Los Comandantes en Jefe del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea, y el General Director de Carabineros serán designados por el Presidente de la República de entre los cinco oficiales generales de mayor antigüedad de la respectiva institución. Deberán reunir las calidades que los estatutos institucionales exijan para tales cargos; durarán cuatro años en sus funciones y no podrán ser renovados para un nuevo período y gozarán de inamovilidad en su cargo.

El Presidente de la República, mediante decreto supremo fundado e informando previamente a la Cámara de Diputados y al Senado, podrá llamar a retiro a los Comandantes en Jefe del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea y al General Director de Carabineros, en su caso, antes de completar su respectivo período.

Artículo xxx: Los nombramientos, ascensos y retiros de los oficiales de las Fuerzas Armadas y Carabineros se efectuarán por decreto supremo, en conformidad a sus respectivas leyes orgánicas, las que determinarán las normas básicas respectivas, así como las normas básicas referidas a la carrera profesional, incorporación a sus plantas, salud y previsión, antigüedad, mando, sucesión de mando y presupuesto de las Fuerzas Armadas y Carabineros.

El ingreso, los nombramientos, ascensos y retiros en Investigaciones se efectuarán en conformidad a su ley orgánica. ……

Ver:

Dcto de Convención Constituyent sobre Expo JM PIUZZI C (1)

Las opiniones en esta sección, son de responsabilidad de sus autores y no reflejan necesariamente el pensamiento de la Unión de Oficiales en Retiro de la Defensa Nacional

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Pdte. Boric, y el primer atentado contra su Ministro del Interior, en Marzo del 2022.

 

Pdte. Boric, y el primer atentado contra su Ministro del Interior, en Marzo del 2022.

Pablo Thauby
Magíster en Ciencia Política, Academia de Guerra Naval, Chile.

Era evidente que algo así iba a pasar, aunque no pensé que fuera tan pronto. A sólo 24 horas de asumir el cargo de Presidente, el narcoterrorismo del sur hizo el primer atentado contra la Ex Ministro del Interior Izkia Siches. Ahora bien, eres de izquierda radical, así es que sabes, mejor que nadie, que cuando ese tipo de actos comienzan, ¡¡no hay vuelta atrás!!

Lo que pasa en la Araucanía no se resuelve con diálogo. Tu primer error, es no entender cuál es problema en el sur. La situación en la Macro Zona, no tiene que ver con asuntos de reivindicaciones territoriales sino que con la aplicación de varias “Maniobras de Alcachofa” entrelazadas, en forma sucesiva y/o paralela, por parte del dispositivo insurreccional.

Partamos de la base que existen, a lo menos, tres grandes agrupaciones enemigas presentes en la Macro Zona Sur, que las podríamos sindicar como:

1.- Ladrones madereros y eco-anarquistas, en Arauco.

2 Guerrilla anarquista, en Tirúa.
3.- Narco guerrilla de Temucuicui y la RAM de Argentina.

La única forma de sofocar ese tipo acciones paramilitares, es por medio de la utilización de la “legítima fuerza del Estado”, mediante la implementación de un proceso de acantonamiento y pacificación, tal como se hizo hace algunos años en Camboya para controlar a las guerrillas del Khmer Rouge y a los narcos.

En cuanto al proceso de acantonamiento, consiste en llevar de vuelta a la zona la “Autoridad del Estado”, por medio de contingentes conjuntos de las Policías y las FF.AA., estableciendo zonas seguras, a través de las cuales, se controle el desarme de la fuerza insurgente; o bien, realizando lo anterior mediante la legítima aplicación de la fuerza del Estado por medio de ataques directos a la insurgencia. En tales circunstancias, es evidente que el Presidente debe asumir la responsabilidad política por las bajas que se produzcan en el cumplimiento de la orden dada por él (tanto en las fuerzas del orden como en la insurgencia).

Respecto al proceso de pacificación, este debe llevarse a cabo por medio de inversiones, públicas y privadas, intensivas en mano de obra; como por ejemplo, instalaciones turísticas y similares, que potencien y dinamicen el flujo económico en la zona; mediante mejoras sustantivas en la educación de la población local, y en materias de conectividad vial y de comunicaciones, entre otras posibilidades.

Evidentemente que una acción de esa naturaleza no se resuelve en horas, muy por el contrario, es un proceso de largo plazo de tal manera que surta un efecto real y solucione los problemas sociales en forma integral y definitiva.

Un aporte de nuestro Pas Presidente Humberto Julio Reyes

Imagen: Fuente Radio Temuco

Las opiniones en esta sección, son de responsabilidad de sus autores y no reflejan necesariamente el pensamiento de la Unión de Oficiales en Retiro de la Defensa Nacional

News, Seguridad y defensa

Sistemas de Inteligencia, ciberseguridad, próxima revolución tecnológica y nueva Constitución.

 

Sistemas de Inteligencia, ciberseguridad, próxima revolución tecnológica y nueva Constitución.

Pablo Thauby
Magíster en Ciencia Política, Academia de Guerra Naval, Chile.

Convengamos en que lo que pasa en nuestro país es importante, pero lo que también es innegable es que será fuertemente influenciado por los eventos internacionales.

En este escaso año y medio, desde que se inició la ofensiva Rusa sobre Ucrania, los marxismos posmodernos se desinflaron con menos decoro que la rendición del Ché Guevara al Ejército Boliviano, mientras que los marxismos reales murieron con la caída del muro de Berlín.

Hace sólo un año y medio a los países los movían los conceptos de derecha e izquierda, y capitalismo y socialismo -de la Guerra Fría-, y las tendencias posmodernas de progresismo y globalismo. Hoy, los mueven sus intereses políticos particulares, grupales y continentales, aspectos ético-morales, materias religiosas y culturales y motivos históricos, entre otros aspectos, que antaño motivaban los diferentes conflictos continentales, previos a la guerra fría.

Hoy por hoy, la Guerra Fría pasó a la historia y vimos el nacimiento de la Guerra estilo siglo XXI: La “Guerra Híbrida”. La cual incorpora aspectos de guerra convencional tradicional, uso indiscriminado de la tecnología y RR.SS., propaganda y fake news, ataques cibernéticos, guerra electrónica e informática de alta gama, amplio uso de drones artillados, ataques cibernéticos al sistema bancario de países de interés, y un largo etcétera; dejando fuera toda consideración de orden ideológico (derecha / izquierda / capitalismo / socialismo / progresismo / globalismo).

Si a lo anterior sumamos que en los próximos años inexorablemente llegará a nuestro país la nueva revolución tecnológica con una fuerte componente cibernética, con amplio uso de internet y dispositivos inalámbricos, robóticos y domóticos, que a algunos les facilitará la vida y a otros se las complicará terriblemente por la pérdida del trabajo, conllevan la necesidad imperiosa de aplicar medidas de seguridad, para mitigar cibercrímenes. En ese contexto, recordemos los hackeos que sufrió la banca estatal y privada hace algunos años que produjo gran revuelo a nivel de cuenta correntistas, ahorristas e inversionistas bursátiles nacionales y extranjeros. Por otro lado, algunas de las personas que pierdan sus trabajos, por necesidades económicas perfectamente pueden constituirse en potenciales colaboradores o informantes de agrupaciones locales o internacionales de cibercriminales.

Si analizamos lo que ha ocurrido con la “Comunidad de Servicios de Inteligencia” en nuestro país desde el “retorno a la democracia”, dicha “Comunidad” fue desbaratada y muy coartada en su accionar y en sus atribuciones necesarias de nivel estratégico, táctico y operativo. Del mismo modo, si consideramos que desde Piñera 2 nuestro país no cuenta con una Ley de Inteligencia; y finalmente, que la Ley de Delitos Informáticos vigente es una verdadera vergüenza. Nuestra capacidad de anticipar debilidades internas propias y amenazas externas, está muy disminuida.

Para efectos de Seguridad Nacional interna, económica, marítima, aérea, de fronteras terrestres, insulares y Antárticas, externa, y a nivel del ciberespacio, considerando que el eje de la política internacional está cambiando, desplazándose hacia el Océano Pacífico, las necesidades de protección de Información sensible y las necesidades de protección de los sistemas de tecnologías de la información, deben necesariamente adquirir un “Rango Constitucional” que considere las medidas, acciones, y sanciones pertinentes.

Adicionalmente, dentro de este “Rango Constitucional”, se debe crear una nueva “superestructura de Inteligencia” que permita que la información entre los miembros de la “Comunidad de Inteligencia” fluya debidamente entre ellos y sea canalizada por un “Ente Superior de Inteligencia Colegiado” que incluya, a lo menos, a los Directores de Servicio, los Presidentes del Senado y la Cámara, al Ministro del Interior y al Presidente, de tal manera de accionar oportunamente ante una amenaza, en vez de reaccionar tardíamente ante un desastre no detectado.

Un aporte de nuestro Pas Presidente Humberto Julio Reyes

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CON DAÑOS EN SU ESTRUCTURA RESULTA PUENTE FERROVIARIO ITATA: CONFIRMAN ATAQUE EXPLOSIVO

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ALTA TENSIÓN: TRES ATENTADOS EXPLOSIVOS A INFRAESTRUCTURA CRÍTICA EN CINCO DÍAS ACTIVA PREOCUPACIÓN EN LA FISCALÍA Y EL GOBIERNO

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