Los parámetros para conceder indultos o beneficios deben definirse y aplicarse con la más estricta objetividad.
Los parámetros para conceder indultos o beneficios deben definirse y aplicarse con la más estricta objetividad.
Con justificada preocupación nuestros camaradas han tomado conocimiento de diversas decisiones adoptadas por autoridades de gobierno, publicadas en los medios de comunicación social, y que no se condicen en absoluto con los compromisos contraídos por el entonces candidato y hoy Presidente de la República.
Como lo expresara quien promovió dicho contacto, el prematura y lamentablemente fallecido General de Aviación José de la Fuente Banegas (QEPD), distinguido socio de nuestra Unión, el cumplir lo prometido quedaba entregado a su honor.
Por absurdo que parezca, esa es la realidad que enfrentan nuestros camaradas en estos juicios: la prueba recae en el inculpado y no en el juez instructor y acusador
Como bien lo han señalado autoridades del Gobierno y Poder Judicial, el General de Carabineros Iván Andrusco Aspé no se encuentra sometido a proceso alguno que pudiere ser esgrimido como causal para inhabilitarlo
NACE MONTEPÍO
BENEFICIOS PREVISIONALES PARA ASIGNATARIOS DE MONTEPÍO
Pensión de Montepío: Es un derecho previsional que tienen los asignatarios legales del personal en las siguientes circunstancias:
Art. 200 del DFL. (G) No. 1 de 1968
OTROS ASIGNATARIOS
AL MONTEPÍO TIENEN DERECHO LOS SIGUIENTES ASIGNATARIOS
En primer grado:
En segundo grado:
En tercer grado:
En cuarto grado:
En quinto grado:
En caso de concurrir asignatarios del mismo grado, el montepío se distribuirá en partes iguales.
En caso de concurrir asignatarios en distinto grado (viuda e hijos de anteriores matrimonios o no matrimoniales), el Montepío se distribuirá en la forma que se determine por resolución Ministerial.
Art. 200 y 202 del DFL. (G) No1 de 1968 y Art. 88 bis de la Ley No. 18.948
CUOTA FUNERARIA
DOCUMENTACIÓN QUE DEBE ACOMPAÑARSE
Si el fallecido era Pensionado o Montepiado.
ORGANIZACIÓN SENDERO
Las instituciones de las FF.AA., Carabineros de Chile y la Polícia de Investigaciones han firmado un convenio con la Organización Sendero, la red más grande de cementerios parques de Chile.
Los convenios consideran los mismos beneficios para el personal activo como en retiro.
Algunos beneficios:
Servicio de atenciónlas 24 horas; uso inmediato (10 días desde la firma del contrato)
Servicio de Permuta en nuestra Red Parque. Título de dominio. Acredita propiedad perpetua, Cripta de hormigon armado (1.400 kgrs.)
Beneficios adicionales:
Al cancelar con pie.
Por compras a futuro.
Convenio considera:
Servicio activo y en retiro: padres, hijos, cónyuge y hermanos.
Beneficiarios: titulares, suegros, conviviente, cónyuge, hijos, nietos y abuelos
CONVENIENTES PLANES DE FINANCIAMIENTO
Servicios ofrecidos: sepulturas familiares perpetuas (diferentes capacidades). Servicios funerarios incluidos.
Ubicaciones: Arica, Iquique, Valparaíso, Villa Alemana, Quilpue, San Antonio, Santiago, San Bernardo,Maipú, Rancagua, Concepción y Temuco.
Adjunto | Tamaño |
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Circular Informativa ONG 0410.pdf | 78.62 KB |
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