Leyendo el nuevo protocolo de carabineros para el mantenimiento y restablecimiento del orden publico y los seis usos secuenciales de la intervención policial ante conductas ilícitas, no me queda clara la forma en que actuarían para controlar a “manifestantes” que incendian iglesias, saquean supermercados, destruyen bienes públicos o privados, asalten municipalidades o edificios de gobierno.
Leyendo el nuevo protocolo de carabineros para el mantenimiento y restablecimiento del orden publico y los seis usos secuenciales de la intervención policial ante conductas ilícitas, no me queda clara la forma en que actuarían para controlar a “manifestantes” que incendian iglesias, saquean supermercados, destruyen bienes públicos o privados, asalten municipalidades o edificios de gobierno.
La conservación del orden público es la obligación esencial del estado, para lo cual cuenta con el monopolio de la violencia física legitima, representada por la espada en la tradicional imagen de la justicia. Lamentablemente, en la actualidad los carabineros están sometidos a unas reglas de uso de la fuerza tan extremadamente restrictivas que, en la práctica, carecen de capacidades disuasivas o represivas, lo que los imposibilita combatir eficazmente el vandalismo, el terrorismo y la insurrección revolucionaria.
Adolfo Paúl Latorre