Revisión de sentencia de la CIDH
Carta al Director
En una histórica audiencia pública, la Corte Suprema puso bajo la lupa la controvertida “media prescripción”, tras el llamado de atención de la CIDH por posibles violaciones a los derechos humanos en la reducción de penas por crímenes graves..
27 de septiembre de 202
El viernes 26 se llevó a efecto, en la Segunda Sala de la Corte Suprema, una audiencia pública para revisar o anular las reducciones de las penas que hubieran derivado de la aplicación inconvencional de la media prescripción, según lo dispuesto en una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
Dicha Corte se refiere a la aplicación del artículo 103 del Código Penal; una norma que rebaja la pena cuando ha transcurrido largo tiempo desde la comisión del hecho punible, pero sin haber alcanzado a completar el plazo de prescripción de la acción penal. Se trata de un “beneficio temporal objetivo”, cuya fundamentación se encuentra en lo insensato que resulta una pena muy alta para hechos ocurridos largo tiempo atrás, incidiendo en consecuencia en un castigo menor; y en que toda persona tiene derecho a ser juzgada dentro de un plazo razonable.
Dicha norma ha sido denominada impropiamente “media prescripción” por cuanto la naturaleza jurídica de dicho artículo es absolutamente diferente al de la prescripción; puesto que no extingue la responsabilidad penal como en la prescripción, sino que reduce la pena imponible.
Por otra parte, el referido artículo 103 es una norma legal expresa, vigente, taxativa, categórica e imperativa y cuyo sentido es claro; no vulnera artículo alguno de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y debe ser aplicada en todos los casos.
Luego de varios alegatos y atendida la hora, fue suspendida la audiencia y se fijó para continuidad de la misma el día 22 de octubre.
Adolfo Paúl Latorre
Abogado
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