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    Sin amnistía posible y Subversión judicial

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    3. Sin amnistía posible y Subversión judicial
    U al dia
    admin
    Abril 2, 2022

    En relación con lo expresado en el artículo editorial de ayer titulado “Beneficios a enfermos terminales”, en el sentido de que los tratados internacionales de derechos humanos establecen que los delitos de lesa humanidad son inamnistiables, es preciso aclarar que tal aserto no es efectivo. Ningún convenio internacional —ni siquiera aquellos que se refieren específicamente a dicha clase de delitos— impide la aplicación de amnistías, lo que significaría prohibir el perdón entre hermanos.

     

    Viña del Mar, 16 de diciembre de 2016.

    Sin amnistía posible

    Señor Director:
    En relación con lo expresado en el artículo editorial de ayer titulado “Beneficios a enfermos terminales”, en el sentido de que los tratados internacionales de derechos humanos establecen que los delitos de lesa humanidad son inamnistiables, es preciso aclarar que tal aserto no es efectivo. Ningún convenio internacional —ni siquiera aquellos que se refieren específicamente a dicha clase de delitos— impide la aplicación de amnistías, lo que significaría prohibir el perdón entre hermanos.

    Lamentablemente la falacia de la inamnistiabilidad de los delitos de lesa humanidad se ha convertido en un verdadero mito que es repetido, incluso, por altas autoridades políticas y judiciales.

    Atentamente le saluda.

    Adolfo Paúl Latorre
    Abogado

    Publicada en La Segunda, 17 de diciembre de 2016.

     

    Viña del Mar, 17 de diciembre de 2016.

    Subversión judicial

    Señor Director:
    Lo más grave de las sentencias recaídas en los procesos denominados “de violación de derechos humanos” no es su iniquidad, sino que la subversión del orden jurídico y el quebrantamiento del Estado de Derecho que significa el atropello de normas, derechos y garantías establecidos por la Constitución, leyes y tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentran vigentes. Los jueces abusan de sus facultades jurisdiccionales e imponen arbitrariamente su voluntad por sobre el mandato explícito de la norma, con el propósito de condenar a toda costa a los militares y carabineros que durante las décadas de los años 70 y 80 del siglo pasado tuvieron que llevar a cabo la penosa y riesgosa tarea de enfrentar a miembros de un ejército irregular; combatientes que llevaban a cabo una cruenta guerra subversiva y que estaban dispuestos a matar y a morir por la revolución.

    Atentamente le saluda.

    Adolfo Paúl Latorre
    Abogado

    Publicada en El Diario de Atacama, domingo 18 de diciembre de 2016.

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