Modelo Chileno de Gestión Pública
TODOS MANDAN, NADIE MANDA.
En situaciones de crisis, la siempre confusa organización del estado de Chile ha sido superada, generalmente, por la asunción directa del mando del Presidente de la República (estilo Pinochet o Piñera) o por la concentración del mando ejecutivo en un jefe civil o militar.
Como todo tiene que cambiar, en el gobierno actual se organizó algo especial, con perspectiva de género, completamente creativa y cuoteada.
DELEGADO PRESIDENCIAL REGIONAL DE CHILE
Por la reforma constitucional del año 2017, se establece la figura del Delegado Presidencial Regional (DPR) en reemplazo del Intendente Regional, que asumen sus cargos el 14 de Julio de 2021.
El DPR ejerce el gobierno interior de cada región. Es el representante natural e inmediato del Presidente de la República en el territorio de su jurisdicción. Es nombrado por el jefe del Estado y del Gobierno y se
mantendrá en sus funciones mientras cuente con su confianza.
El DPR es quien ejerce las funciones y atribuciones del presidente de la República en cada una de las 16 regiones de Chile. Además le corresponde la coordinación, supervigilancia o fiscalización de losservicios públicos que operen en la región que dependan o se relacionen con un ministerio, ejerce sus respectivas funciones de acuerdo a las órdenes e instrucciones del presidente de la República.
Algunas de labores que debe cumplir:
-La coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos, que dependan o se relacionen con el presidente de la República a través de un Ministerio (como las Secretarías regionales ministeriales, Seremi’s o delegaciones presidenciales provinciales),.
-Velar porque en el territorio de su jurisdicción se respete la tranquilidad, orden público y resguardo de las personas y bienes y podrá requerir el auxilio de la fuerza pública (Carabineros o FFAA) en el territorio de su jurisdicción, en conformidad a la ley.
-Los delegados presidenciales regionales deberán poner en conocimiento de la Contraloría General de la República y del tribunal competente, aquellos hechos que, con fundamento plausible, puedan originar responsabilidad administrativa, civil o penal en contra de algún funcionario de las instituciones sujetas a su fiscalización o supervigilancia.
-No preside el Consejo Regional ni es el órgano ejecutivo en cada región, tareas que corresponden al Gobernador Regional.
GOBERNADOR REGIONAL (GORE)
EL Gobernador Regional es electo por votación popular, preside el Consejo Regional y es el órgano ejecutivo en cada región.
Las normas aclarativas de este cargo me resultan incomprensibles, área que dejo a los lectores: “ “Los gobiernos regionales (GORE) son los órganos públicos encargados de la administración superior de cada una de las regiones de Chile, y que tienen por objeto el desarrollo social, cultural y patrimonio propio. Tienen su sede en la ciudad capital de la respectiva
región, sin perjuicio de que puedan ejercer sus funciones transitoriamente en otras localidades de la región.
Los gobiernos regionales están constituidos por dos órganos: por el gobernador regional respectivo, el cual es elegido por votación popular y dura cuatro años en su cargo pudiendo ser reelegido una vez, y por el consejo regional, compuesto de consejeros elegidos por sufragio universal, en votación directa, por periodos de cuatro años, y que pueden ser reelegidos.
El consejo regional fue creado mediante una reforma constitucional efectuada el año 1991 e implementada con la Ley 19175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, de 1992.
Los primeros gobiernos regionales se instalaron en 1993.
Son funciones generales del gobierno regional:
-Diseñar, elaborar, aprobar y aplicar las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo de la región en el ámbito de sus competencias, los que deberán ajustarse al presupuesto de la Nación; a la estrategia regional de desarrollo y a los instrumentos de planificación comunal.
-Orientar el desarrollo territorial de la región en coordinación con los servicios públicos y municipalidades, localizados en ella.
-Administrar fondos y programas de aplicación regional.
-Resolver la inversión de los recursos que a la región correspondan en la distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional y de aquéllos que procedan.
-Adoptar las medidas necesarias para enfrentar situaciones de emergencia o catástrofe, en conformidad a la ley, y desarrollar programas de prevención y protección ante situaciones de desastre, sin perjuicio de las atribuciones de las autoridades nacionales competentes.
DELEGADO MILITAR POR LA ZONA DE CATÁSTROFE
El presidente o presidenta de la República debe designar a un Jefe de la Defensa Nacional, que asume la dirección y supervigilancia de su jurisdicción con las atribuciones y deberes que la ley señala. Las
facultades presidenciales pueden ser delegadas total o parcialmente en los jefes de la Defensa Nacional designados y tendrán los siguientes deberes y atribuciones:
-Asumir el mando de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública que se encuentren en la zona, para los efectos de velar por el orden público y de reparar o precaver el daño o peligro para la seguridad nacional que haya dado origen a dicho estado.
-Ordenar el acopio, almacenamiento o formación de reservas de alimentos, artículos y mercancías que se precisen para la atención y subsistencia de la población en la zona y controlar la entrada y salida de tales bienes.
-Impartir directamente instrucciones a todos los funcionarios del Estado, de sus empresas o de las municipalidades que se encuentren en la zona, con el exclusivo propósito de subsanar los efectos de la calamidad pública.
-Difundir por los medios de comunicación social las informaciones necesarias para dar tranquilidad a la población.
Como esta organización era incompatible con una gestión mas o menos razonable, Boric le hizo un agregado que muy probablemente no contribuirá a aumentar la eficiencia.
DELEGADA PRESIDENCIAL AD-HOC (CAMILA VALLEJO)
Designada personalmente por Boric, ante quien responde: “Tras dar el anuncio, Boric señaló que la ministra de la Secretaría General de Gobierno (Segegob) “va a tener una visión global de todos los
problemas”, ya que se trata de “una persona de mi total confianza”.
Su función será decirle al presidente “dónde hay puntos flojos” que deben “ajustar”, además, “ella va a estar revisando permanentemente todo el territorio y va a estar también ayudando a la coordinación entre
las diversas autoridades porque sabemos que tenemos que mejorar la coordinación entre autoridades regionales, municipales y nacionales”.
Por eso la ministra Vallejo queda como el enlace del gobierno en el territorio”, acotó el Mandatario
Dado que la Municipalidad de Viña del Mar no cuenta con plan de emergencia y evacuación válido, ya que el existente es un plagio inválido, la primera tarea debería ser esa, oportunidad en que se pondrá a prueba esta confusa organización.
Fernando Thauby García
10 de febrero de 2024
Un aporte de nuestro Pas presidente, Humberto Julio Reyes
Las opiniones en esta sección, son de responsabilidad de sus autores y no reflejan necesariamente el pensamiento de la Unión de Oficiales en Retiro de la Defensa Nacional.