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Paranoia y megalomanía. Humberto Julio Reyes

                               PARANOIA Y MEGALOMANÍA

 Humberto Julio Reyes

         Probablemente usted, estimado lector, pensará al leer este título que dedicaré las próximas líneas a analizar, sin ser sicólogo, la personalidad de algunos personajes en cuyas manos está el destino de miles o quizás millones de habitantes de nuestro planeta.

         Sí y no.

         Sí, porque aludiré a dirigentes mundiales como Putin y Kim Il Sung, sin olvidar a Trump.

         No, porque al carecer de formación en el campo de la sicología y ser más bien un lector de noticias que intenta analizarlas, sólo puedo sacar conclusiones por lo que hacen o anuncian que harán:

         Por sus obras los conoceréis.

         Siendo así, parece fácil concluir que los nombrados presentan síntomas de padecer, en mayor o menor medida, desórdenes mentales que pueden considerarse paranoia y megalomanía.

         Algunos rasgos pueden ser más acusados que otros, pero postulo que son habituales en personas que detentan el poder, en particular si no están sujetos al escrutinio democrático o intentan burlarlo.

         No se piense en todo caso que estos desórdenes mentales pueden afectar exclusivamente a quienes detentan un gran poder.

         También a quienes, a un nivel más modesto, confunden la oposición política con enemigos jurados y se sienten en condiciones de plantear desafíos que los superan.

         Son los delirios de grandeza que pueden marear al que alcanza alturas desproporcionadas a sus capacidades y que llevan a recordar la película “El rugido del ratón”, parodia de una dramática producción de tiempos de la guerra fría.

         Lo primero es el “mal de altura”, propio del engreído circunstancial y lo segundo es lo que lleva a mezclarse en peleas de perros grandes, inolvidable frase pronunciada por don Sergio Onofre Jarpa en un debate televisivo del tiempo de la UP, para poner en su lugar a un “quiltro” que intentó terciar.

         Mucho de narcisismo y egocentrismo conviven en la convicción de alguien que pretende “desfacer un tuerto”, adoptando medidas aparentemente inconsultas y que resultarán inútiles para ese propósito o incluso perjudiciales para otros intereses que se deben cautelar.

         En ello pueden confundirse principios con preferencias o gustos personales; los primeros para justificar lo segundo y que resulta fácil descalificar si no se actúa en forma coherente con los principios esgrimidos.

         Podría haber dejado hasta aquí esta columna, pero, el anuncio de la última cuenta pública de la actual administración me sugirió esperar a conocer en qué terminará, por ahora, el distanciamiento del gobierno de Israel emprendido con tenacidad por el presidente Boric, arrastrando el poncho, como diría alguien acampado.

         Escuchada la cuenta, aunque sólo parcialmente, puedo confirmar que, aunque no se anunció la ruptura de relaciones, tema con el que había especulado, las críticas expresadas por el presidente confirman que está muy satisfecho con sus propias actuaciones y, respecto a un efecto adverso para la defensa nacional, ésta debiera diversificar sus proveedores, asunto que da para otra columna.

         Como decía un opinante en un chat: “parecía un niño después de haber hecho una maldad”.

         Finalmente, la guinda de la torta:

         Ha anunciado que Punta Peuco dejará de estar dedicado exclusivamente a quienes cumplen condenas por violaciones a los derechos humanos, llamadas equivocada e intencionalmente “delitos de lesa humanidad”.

         Basta recordar que en 1995 el gobierno de la época creó este penal para albergar dos connotados condenados y que, a medida que ha transcurrido el tiempo y se han multiplicado las condenas, ha llegado al tope de su capacidad, sumándosele un abarrotado anexo en Colina 1 y varias cárceles comunes a lo largo del país.

         Se comprendería una medida como la anunciada si una progresiva subutilización  permitiera el traslado desde otras cárceles, pero ello no ocurre y la perspectiva es que, producto de la diligencia de los tribunales, ello no se produzca y probablemente se agrave.

         ¿Cuál es entonces la lógica detrás de este anuncio, que no sea atizar el “ni perdón ni olvido”?

2 de junio de 2025

Las opiniones en esta sección, son de responsabilidad de sus autores y no reflejan necesariamente el pensamiento de la Unión de Oficiales en Retiro de la Defensa Nacional

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Nuevamente, ¿el cierre de Punta Peuco?. Carla Fernández Montero. Abogada. Derecho Penitenciario. Diario Constitucional

                                                      Nuevamente, ¿el cierre de Punta Peuco?

Diario Constitucional. Cartas al Director

Carla Fernández Montero

Abogada. Derecho Penitenciario

 

En la reciente cuenta al país, el Presidente Boric anunció que el CCP de Punta Peuco pasaría a ser una cárcel común, lo que en la práctica -según él- significa quitarle el supuesto “privilegio” que por años ha acompañado a ese penal, entregando a Gendarmería de Chile lo relativo a la administración de la nueva […]

En la reciente cuenta al país, el Presidente Boric anunció que el CCP de Punta Peuco pasaría a ser una cárcel común, lo que en la práctica -según él- significa quitarle el supuesto “privilegio” que por años ha acompañado a ese penal, entregando a Gendarmería de Chile lo relativo a la administración de la nueva segregación que sería objeto dicho recinto carcelario. Esta polémica decisión merece un análisis especial.

Para empezar, y desde la óptica del destinatario de la iniciativa presidencial, en primer lugar, cabe resaltar el perfil criminológico del reo de Punta Peuco, que no es igual al resto de los reos comunes. Por cierto, si bien se les condena por delitos comunes tipificados en el Código Penal, además, se los califica de “lesa humanidad”, básicamente, por haber sido cometidos contra civiles -en ejercicio de sus funciones castrenses- durante el Gobierno Militar. En segundo término, dada la época de los hechos por los cuales se les condena a estos internos, hablamos de personas que en promedio tienen 80 años de edad, en su mayoría con serias enfermedades crónicas, algunas, terminales, existiendo casos extremos -que por mala salud- ameritan salidas alternativas a la pena efectiva, como la reclusión domiciliaria total. Como tercer punto relacionado con el fin de la pena, se trata de individuos respecto de los cuales existe plena certeza que el transcurso del tiempo y las patologías de base que acarrean, los ha convertido en ciudadanos absolutamente inofensivos, no existiendo necesidades de prevención especial, lo cual incide en el acceso a la reinserción social.

Pero, además, el anuncio debe ser visado desde el punto de vista de la política carcelaria y, por cierto, desde la perspectiva criminógena del preso, porque Punta Peuco es un penal -por así decirlo- de mínima seguridad. Resulta impensado en ese lugar la posibilidad de fugas, riñas entre internos, ataques a funcionarios o ingreso de armas, drogas o celulares, por ejemplo. En este sentido, la administración del penal -en el caso de estos reos- se limita a satisfacer -ciertamente, de manera muy deficiente- las “necesidades de salud” de los ancianos, así como proveerles su alimentación básica, más que atender a “riesgos de seguridad” del recinto penitenciario. Conectado a lo anterior, está el hecho que esta cárcel carece de la infraestructura material y humana capaz de satisfacer los requerimientos de una población penal provecta y enferma. De hecho, no existe un médico de planta, ni una ambulancia a cargo del traslado de los enfermos ni tampoco personal de salud de apoyo a los reos que no son autovalentes o lisa y llanamente, minusválidos. Pese a todo ello, los reclusos de Punta Peuco aguantan con temple esta situación.

Así las cosas, de llevarse a cabo la decisión del Presidente Boric, sin duda alguna acabará judicializándose, principalmente, por la afectación de los derechos fundamentales de los internos de Punta Peuco. No puede administrarse ese penal como si se tratara de un recinto carcelario común, porque sus habitantes poseen una vulnerabilidad inherente a su edad y condición de salud, la cual impide ser simplemente soslayada por un decreto supremo. No entender estas diferencias, atenta contra el principio de igualdad. En palabras simples, no es llegar y mezclar internos.

Por otro lado, apelar al concepto de “privilegio carcelario” para promover la instalación de esta medida, no pasa de ser una aspiración ideológica, un mensaje político-panfletario para la extrema izquierda y que alberga un deseo de venganza soterrado. Su implementación sólo conllevará más división y odio, manteniendo abierta la herida social y obstaculizando la senda hacia el fin de la “eterna” justicia transicional chilena.

Pero lo más importante, es que este anuncio daña y mucho, repercutiendo en las personas de los ancianos privados de libertad que ya deben soportar no solo el castigo penal impuesto, sino sufrir además un maltrato del Estado por las condiciones carcelarias incompatibles con su edad y estado de salud, y ahora, por si fuera poco, volver a tolerar el hostigamiento del Ejecutivo.

Finalmente, la eventual implementación de esta medida deberá tener en consideración tanto nuestra Constitución Política, que garantiza diversos derechos fundamentales (arts. 1, 5 inc. 2°, 6, 7, 19, n°s. 1, 2, 7, 26) como los múltiples tratados internacionales de DDHH suscritos por Chile, y que protegen precisamente a los reos ancianos (p. ej. la Convención Interamericana sobre la Protección de los DDHH de las Personas Mayores). Del mismo modo, deberá tenerse en cuenta un fallo reciente de la Excma. Corte Suprema (Rol 249.389-2023, de 25/09/2024), que en un correcto razonamiento por analogía in bonam partem, homologó el Pabellón Asistir de Colina 1 (que al igual que Punta Peuco alberga reos ancianos condenados por causas de DDHH) a los Establecimientos de Larga Estadía para Adultos Mayores del medio libre (ELEAM).

Carla Fernández Montero

Abogada

Derecho Penitenciario

https://www.diarioconstitucional.cl/cartas-al-director/nuevamente-el-cierre-de-punta-peuco/

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