Cartas al Director. Las RUF y
proporcionalidad
Viña del Mar, 7 de marzo de 2025.
Señor Director:
En relación con el proyecto de ley de Reglas de Uso de la Fuerza para las FF.AA., actualmente en trámite, cabe comentar que la proporcionalidad en el uso de la fuerza consiste en la respuesta a la pregunta: ¿Cuánta fuerza utilizar? Ella debe estar en proporción a la resistencia ofrecida, a la gravedad del delito, al peligro representado por los violentistas, a la situación que se controla y al objetivo legítimo que se persigue, lo que en casos muy graves justifica el empleo de medios letales.
Proporcionalidad no significa igualdad: que si un delincuente agrede con piedras o con bombas molotov a un carabinero este debe responderle con los mismos elementos. Hay quienes adhieren a esta concepción absurda. Para restablecer el orden público, combatir con éxito la violencia ilegítima e imponerse sobre quienes la ejercen, las instituciones encargadas de aplicar la violencia física legítima del Estado deben actuar con una fuerza superior.
La desproporción en el uso de la fuerza no solo puede predicarse respecto de la que es excesiva para cumplir con un determinado fin legítimo, sino que también respecto de la que es insuficiente para lograrlo.
Atentamente le saluda.
Adolfo Paúl Latorre
Abogado
Magíster en ciencia política
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