CONCEPTO “DESINFORMACIÓN” NO EXISTE “EN LEY ALGUNA”: SENADO INGRESA AL TC IMPUGNACIÓN CONTRA COMISIÓN IMPULSADA POR MINISTRAS VALLEJO Y ETCHEBERRY
José Miguel Wilson y Luciano Jiménez
La Tercera, 21/07/2023
El escrito fue presentado por el abogado Arturo Fermandois, en nombre del Senado. Otro de los puntos centrales del requerimiento se basa en que la cuestionada instancia debió haber sido creada por ley y no por un decreto supremo. En tanto, el ministro Cordero comenzó a jugar un rol en vista del incierto escenario ante el Tribunal Constitucional.
Un total de 61 páginas tiene el requerimiento que este jueves a las 14 horas materializó el presidente del Senado, Juan Antonio Coloma (UDI), ante el Tribunal Constitucional (TC).
El escrito patrocinado por el abogado Arturo Fermandois ingresó luego de que la Cámara Alta aprobara un proyecto de acuerdo en el que se le otorgaba un mandato a Coloma para solicitar un pronunciamiento respecto de la constitucionalidad de la Comisión Asesora contra la Desinformación impulsada por el gobierno.
Este miércoles por 18 votos a favor y 11 en contra la sala del Senado había aprobado la iniciativa impulsada por la UDI, RN, Evópoli, el Partido Republicano y Demócratas.
A juicio de algunos legisladores existen dudas sobre la legalidad de la instancia creada al alero del Ministerio de las Ciencias y la Secretaría General de Gobierno, ya que atentaría contra la libertad de prensa y de expresión.
El punto central del requerimiento se basa en que la cuestionada instancia debió haber sido creada por ley y no por un decreto supremo, en este caso, firmado por las ministras Aisén Etcheberry (Ciencia) y Camila Vallejo (Segegob).
De acuerdo al argumento opositor, la “libertad de opinión y la de informar”, están garantizadas constitucionalmente y sólo pueden ser restringidas mediante una ley de quórum calificado.
“Que el Decreto infringe primeramente el principio y los preceptos que configuran la reserva legal -entre otros el mismo artículo 19 N°12, inciso primero de la Constitución- al abordar por vía de un simple acto administrativo una materia extremadamente sensible para el libre ejercicio y vigencia de la libertad de emitir opinión e información, asunto que la Carta Fundamental exige sea propio de un debate democrático en el seno del Congreso Nacional mediante su expresión soberana más propia, la ley, y en especial una ley de quórum calificado”, dice el escrito.
La presentación, además, añade un dato nuevo para sustentar el presunto vicio jurídico que tendría la instancia: la inexistencia legal del concepto “desinformación”. A juicio de los requirentes, ello marcaría una diferencia clave con otras comisiones asesoras ministeriales o presidenciales que sí se sustentaban en temas que existen dentro del ordenamiento legal. “La ‘desinformación’ corresponde a un concepto que no se encuentra previsto en ley alguna”. dice el requerimiento.
“Jamás podrá un simple decreto supremo inaugurar un sistema cuyo objeto es crear parámetros o condicionamientos para el ejercicio de la libertad de emitir opinión e informar”, agrega el texto, que también señala que “las leyes actualmente en vigor no contienen ni habilitación ni convocatoria alguna a la potestad reglamentaria para actuar en materia de desinformación”.
El requerimiento también plantea el riesgo que cierne sobre la libertad de expresión. “El control del discurso público que se le encarga a la Comisión mediante la facultad de calificar la veracidad o falsedad de ciertas opiniones o información -considerando que se trata de una entidad creada al alero del poder político- supone una medida que razonablemente puede producir la inhibición o condicionamiento de la libre exteriorización de ideas o divulgación de información, incurriendo en una censura previa proscrita por la Constitución, o bien en un control del discurso público”, dice el texto.
“Tal efecto inhibidor también podría afectar a la opinión pública en general, ya que la Comisión cuenta materialmente con el respaldo del gobierno que la convoca, por lo que toda condena a determinados discursos contará con el patrocinio del poder político”, argumenta.
En otro de los párrafos, el requerimiento cuestiona el origen de la instancia: “El supuesto carácter experto, objetivo y neutro que detentaría la Comisión creada por el Decreto es simplemente ilusorio cuando se trata de calificar el contenido falso, inexacto o desinformativo de un determinado discurso o información (…) jamás puede corresponder al gobierno ni a sus órganos la calificación de la verdad o falsedad de un determinado discurso o información”.
Por su parte, un grupo representativo de senadoras oficialistas o aliadas de La Moneda, Yasna Provoste (DC), Paulina Vodanovic (PS), Loreto Carvajal (PPD) y Claudia Pascual (PS), ingresaron un “téngase presente” ante TC para marcar la disidencia que hubo en la Cámara Alta por este tema.
“Pareciera que algunos quisieran que la política sea espacio para las noticias falsas. Son los mismos que, con solo 18 votos, con menos de la mitad del Senado, han aprobado dicho proyecto de acuerdo para que el Senado concurra al Tribunal Constitucional. Definición, que no compartimos”, dijo Provoste.
El rol de Cordero. Dado que el debate ya pasaba a un terreno eminentemente jurídico, el ministro de Justicia, Luis Cordero, entró en escena a jugar un rol. Dos vocerías y un par de entrevistas realizó, entre el miércoles y el jueves, el titular de Justicia para confrontar la ofensiva de los senadores en contra de la comisión de Vallejo y Etcheberry.
Aunque la cuestionada instancia también generaba dudas en el oficialismo y en el seno del propio gobierno, la decisión política fue salir a proteger la facultad del Ejecutivo de crear grupos asesores y no ceder ante los cuestionamientos de la derecha.
El miércoles en la mañana, antes de que el Senado aprobara un proyecto de acuerdo, Cordero expresó que podía “entender el punto de la discrepancia política…, (pero) otra cosa distinta es cuando se impugna un instrumento (una comisión asesora) que ha sido sistemáticamente utilizado por distintas administraciones”.
El fundamento de La Moneda es que las comisiones presidenciales o ministeriales históricamente se han creado para proponer políticas públicas o leyes (por ejemplo, las comisiones para la reforma previsional o la que presidió el economista Eduardo Engel contra la corrupción), y no por ello, han entrado en conflicto con la Constitución o la legislación vigente.
Por eso, tras la aprobación de la resolución por parte del Senado -con 18 votos a favor, 11 en contra y 3 abstenciones-, el ministro de Justicia volvió a pronunciarse. “El decreto lo que hace es crear una comisión temporal, consultiva, que no tiene labores ejecutivas, simplemente con el objeto de tener la opinión de expertos”, dijo anoche el ministro.
No es la primera vez que Cordero entra en escena frente a acertijos o problemas político-jurídicos.
Lo hizo en el debate por la llamada Ley Nain-Retamal (sobre el nuevo estatuto de protección a policías), en la crisis por el financiamiento irregular de fundaciones y también por la controversia que generaron los indultos presidenciales adoptados en diciembre del año pasado.
En todas estas coyunturas políticas, Cordero ha entrado a ordenar la versión del Ejecutivo.
Equilibrios en el TC. El rol de Cordero, quien es abogado experto en Derecho Administrativo y Constitucional, cobró más relevancia en el actual escenario del Tribunal Constitucional, donde volvieron a barajarse los equilibrios políticos, luego del fallecimiento del ministro Rodrigo Pica, cuya visión jurídica era cercana al oficialismo.
Juristas que conocen las relaciones dentro del TC, coinciden en que el gobierno tiene el voto firme de al menos tres de los siete magistrados titulares: Nancy Yáñez (actual presidenta del tribunal), Nelson Pozo y Daniela Marzi.
La ministra María Pía Silva, que tradicionalmente asume posturas cercanas a los integrantes del TC afines al Ejecutivo, podría ser el cuarto voto favorable para La Moneda. Sin embargo, dado que ella fue nombrada por la Corte Suprema y es considerada cercana al mundo democratacristiano, también podría moverse con una mayor autonomía respecto de los otros magistrados cuya designación procede de grupos políticos.
La oposición, en tanto, espera contar con el apoyo de los ministros Miguel Ángel Fernández, José Ignacio Vásquez y Cristián Letelier (quien fue diputado de la UDI).
Adicionalmente, dada la vacante generada por Pica, los ministros suplentes entran a ser incidentes en una eventual sentencia. Uno de ellos, por sorteo, Natalia Muñoz o Manuel Núñez, integrará el pleno que deberá resolver sobre el requerimiento del Senado.
Muñoz fue promovida por las bancadas del PS y el PPD, mientras que Núñez, por los diputados de RN.
En consideración de esa variable, el gobierno y su defensa de la comisión, podrían tener el respaldo de cuatro a cinco ministros, mientras que el escrito de los senadores podría tener acogida entre tres a cinco magistrados (si es que los fundamentos del requerimiento logran convencer a Silva).
En caso de empate, Yáñez, en su calidad de presidenta, entraría a dirimir. No obstante, una posibilidad es que la presidenta del TC convoque a los dos ministros suplentes para resolver el caso, con lo que operaría una mayoría al haber nueve magistrados, en vez de ocho, que resolverían sobre el requerimiento.
Un factor de incertidumbre secundario genera el reciente hecho de que Manuel Núñez no pudo asumir como titular del TC, debido al descuelgue de algunos senadores de derecha, que no lo consideraban un fiel representante del sector.
Por lo tanto, si es que a Núñez le corresponde integrar el pleno para esta causa, su voto tampoco está garantizado en favor de la presentación de las fuerzas opositoras.
Un aporte del Director de la Revista UNOFAR, Antonio Varas Clavel
Las opiniones en esta columna, son de responsabilidad de sus autores y no reflejan necesariamente el pensamiento de la Unión de Oficiales en retiro de la Defensa Nacional