Cuando el Estado castiga quemando libros
Pablo Javier Cánovas Silva
La reciente polémica en torno a la destrucción de la biblioteca del penal de Punta Peuco revela algo más profundo que una disputa simbólica sobre memoria o justicia. Revela una confusión peligrosa sobre qué es castigar, para qué sirve la cárcel y cuáles son los límites del poder penal en un Estado de Derecho.
Desde la criminología penitenciaria, la cuestión es bastante clara: la pena es la privación de libertad, no la anulación cultural del condenado. Todo lo que excede ese límite —humillación, degradación, empobrecimiento intelectual deliberado— no agrega justicia, sino violencia institucional inútil.
La biblioteca, incluso en cárceles que albergan a personas condenadas por delitos gravísimos, no es un privilegio. Es una herramienta básica de tratamiento penitenciario. La evidencia comparada muestra que el acceso a libros reduce la violencia intracarcelaria, mantiene capacidades cognitivas, permite procesar simbólicamente la culpa y el tiempo, y contribuye a una convivencia mínima en contextos de encierro prolongado. Nada de eso borra delitos. Nada de eso sustituye la pena. Pero todo eso evita que la cárcel se convierta en una máquina de degradación.
La ciencia penal moderna, desde Beccaria hasta Ferrajoli, ha insistido en un punto elemental: el castigo legítimo debe ser necesario, proporcional y funcional a un fin penal reconocible. ¿Qué fin cumple destruir libros?
No previene delitos.
No repara a las víctimas.
No mejora la seguridad.
No fortalece la memoria histórica.
Es, en el mejor de los casos, un acto simbólico y vindicativo; en el peor, una forma de castigo cultural que recuerda prácticas premodernas que el derecho penal contemporáneo se esforzó por superar.
Hay, además, un argumento criminológico incómodo pero necesario: el castigo humillante es criminógeno. La humillación institucional no genera reflexión moral ni reconocimiento de responsabilidad. Produce resentimiento, cierre identitario y ruptura del vínculo normativo con el Estado. Cuando el poder castiga desde la superioridad moral, deja de actuar como juez y empieza a comportarse como enemigo. Y eso debilita, no fortalece, la autoridad del derecho.
Algunos sostienen que, dada la gravedad de los delitos por los que estas personas fueron condenadas, no corresponde extender consideraciones adicionales sobre sus condiciones culturales o intelectuales de reclusión. Pero esa lógica es precisamente la que el Estado de Derecho está llamado a resistir. Las garantías penales no existen para evaluar méritos morales, sino para limitar el poder punitivo incluso frente a quienes han sido legítimamente condenados.
Desde una perspectiva liberal clásica, esto es aún más evidente. Un Estado fuerte no necesita demostrar su poder destruyendo libros. El poder que elimina bibliotecas —literal o simbólicamente— no es un poder seguro de sí mismo, sino uno que confunde justicia con escarmiento. La cárcel castiga con encierro; cuando añade ignorancia deliberada, traiciona la racionalidad que dice defender.
La paradoja final es inquietante. Se invoca la memoria, los derechos humanos y el “nunca más”, pero se ataca uno de los pocos símbolos universalmente asociados a la razón, la reflexión y el límite civilizatorio de la fuerza: el libro. No se honra la memoria empobreciendo la cultura, ni se fortalece la justicia debilitando los principios que la hacen distinta de la venganza.
Un aporte del Presidente de la Unión CN (R) George Brown Mac Lean
El problema no es Punta Peuco. El problema es el precedente. Cuando el Estado decide destruir bienes culturales como forma de reafirmación simbólica del castigo, abandona el terreno del derecho y entra en el de la escenificación punitiva. A partir de ahí, la pena deja de estar gobernada por principios y pasa a depender del clima moral del momento.
Aceptar que el poder penal puede empobrecer deliberadamente las condiciones intelectuales del encierro equivale a renunciar a uno de los pocos límites claros que distinguen a la justicia de la venganza. Hoy son libros; mañana serán otros derechos los considerados prescindibles, siempre en nombre de una causa supuestamente superior.
Un Estado que se permite castigar más allá de la sentencia, que añade degradación donde el derecho solo autorizó privación de libertad, no fortalece la memoria ni repara el pasado. Lo que hace es debilitar su propia legitimidad y erosionar, por decisión propia, el principio que debería custodiar: que incluso frente al culpable, el poder está limitado.
Cuando el Estado castiga destruyendo libros, no reafirma la justicia.
Confiesa, más bien, que ha dejado de confiar en ella.
Fuente de la imagen: https://bibliotecavilareal.wordpress.com/tag/destruccion-de-libros/
Un aporte del Presidente de la Unión de Oficiales en Retiro de la defensa Nacional, CN (R) George Brown Mac Lean
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