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    El verdadero significado de una decisión. Álvaro Briones – El Líbero

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    Junio 14, 2025

     

                                                                    EL VERDADERO SIGNIFICADO DE UNA DECISIÓN

    Álvaro Briones – El Líbero, 08/06/2025

    La decisión de modificar el decreto que crea Punta Peuco tiene, hoy, el profundo significado de poner fin al proceso de transición que le dio origen, porque todos quienes fueron actores de ella tres décadas atrás, ya no negocian. Hoy la democracia ya está recuperada y todos sus actores cumplen los roles que la misma democracia les asigna.

    El Presidente de la República ha instruido la modificación de un antiguo Decreto. Fue suficiente para provocar, desde ambos lados del frente de batalla electoral, un nutrido fuego de invectivas que alcanzaron al propio primer mandatario y a la candidata que hasta el momento detenta, según las encuestas, la mayor probabilidad de sucederlo en el cargo.

    Todos hablan de Punta Peuco, pero ¿están seguros de saber realmente de qué están hablando?

    El Decreto que el Presidente ordenó modificar fue publicado el 21 de octubre de 1995, cuando el “Centro de Detención Preventiva y Cumplimiento Penitenciario Especial Punta Peuco” se encontraba ya en funcionamiento con un conspicuo y solitario residente, el brigadier Pedro Espinoza Bravo.

    El Decreto es simple, pues consta de sólo dos artículos que en total suman apenas ocho líneas. El primero de ellos anuncia la creación del Centro y que su dirección y administración corresponderá al Servicio de Gendarmería. El segundo agrega que el ministerio del Interior y Gendarmería “podrán requerir la colaboración de otros organismos públicos para el desarrollo de tareas específicas al interior del penal”. Lo firman Eduardo Frei Ruiz-Tagle, Presidente de la República y Soledad Alvear Valenzuela, ministra de Justicia.

    Y eso es todo. El texto no habla ni de militares ni de Derechos Humanos. El carácter “especial” del recinto, planteado en el primer párrafo y explicado en el segundo, refería a la posible colaboración de otro organismo público que resultó ser el Ejército.

    Originalmente, esa colaboración significó que cincuenta militares se trasladaran en comisión de servicio a Gendarmería para cumplir la función de vigilancia interna del recinto con la denominación de “guardia mixta”. Tal función con el tiempo se desvaneció, los militares se retiraron y no solo la dirección y administración, sino todas las tareas de vigilancia pasaron a ser desempeñadas por personal de Gendarmería.

    Del mismo modo su ocupación original, exclusivamente de militares o integrantes de las Fuerzas Armadas condenados por delitos relacionados con la violación de Derechos Humanos, dejó paso a civiles condenados por delitos no relacionados con esos Derechos, como fue el caso de Lenin Guardia.

    Y si eso es todo, la instrucción del Presidente de la República carece de significación práctica. No será más que la eliminación de la palabra “especial” del texto, del mismo modo que será eliminada la alusión a la posible colaboración de algún otro “organismo público”.

    Desde luego, el recinto no se “cerrará”, pues no hay referencia alguna en tal sentido en la instrucción presidencial; las personas que actualmente están recluidas ahí no serán trasladadas a otro recinto penitenciario, porque en un sistema ya colapsado por el hacinamiento no hay ninguno que pueda recibirlos; y aunque siempre será posible que presos comunes de otros recintos sean trasladados a Punta Peuco, por lo menos por un largo tiempo eso tampoco ocurrirá, porque quienes ya están ahí recluidos también están hacinados.

    O sea que, si eso es todo, la espectacular instrucción, realizada bajo focos y cámaras de la televisión con toda la pompa y circunstancia de una Cuenta Pública presidencial, bien podrá ser recordada en el futuro sólo como un gesto del Presidente a su claque en un período electoral.

    Pero hay quienes preferiremos recordarlo como algo distinto. Y es que la ejecución de la instrucción presidencial no tendrá sólo el efecto práctico que implican sus escuálidas palabras, sino uno mucho más importante y trascendente, aunque el primer mandatario que las pronunció no se haya dado cuenta de ello.

    Es que el documento que él ordenó modificar, como pocos -quizás como ninguno- retrata en un solo episodio la completa transición desde la dictadura encabezada por el general Augusto Pinochet a la democracia que comenzaba a consolidarse en el país en esos años.

    Ese documento, con toda su sencillez, fue el resultado de una ardua y prolongada negociación entre el gobierno democrático que encabezaba Eduardo Frei Ruiz-Tagle y el Ejército de Chile que había dejado las tareas de gobierno sólo unos pocos años antes. El primero deseaba avanzar en la aplicación de justicia a militares que habían cometido delitos durante la dictadura, y el segundo, que aceptaba esa aplicación de justicia, pero exigía para esos militares condiciones de seguridad que recintos carcelarios “comunes” no estaban en condiciones de brindar.

    Toda transición es un proceso de concesiones mutuas entre partes que concurren a una negociación. La nuestra no tuvo un gran y estelar momento en que todo se negoció de una vez y para siempre, sino múltiples negociaciones, pequeñas y grandes, en las que en cada caso las partes pudieron identificar un denominador común que permitió a la civilidad la recuperación paulatina de los espacios políticos y la restauración de una democracia liberal en forma, mientras las Fuerzas Armadas se retiraban ordenadamente dejando esos espacios y aceptando esa democracia.

    Fue, por ello, un proceso paulatino y no desprovisto de momentos de tensión. Una suerte de danza en la que todo movimiento de avance de uno se complementó por un movimiento de retroceso del otro, una coreografía en la que el mayor talento exigido fue el de no pisarle los pies a la pareja, porque ello podía dar por concluido el baile y la transición.

    Recuérdese que, en el momento en que se dictó el decreto que creaba el recinto penitenciario especial, el Ejército que negociaba con el gobierno era encabezado nada menos que por el antiguo dictador. Y también es necesario recordar que, mientras eso se negociaba, la persona sobre la cual giraba en buena medida la negociación -el general Contreras que acababa de ser condenado a siete años de prisión en relación con el asesinato de Orlando Letelier- se había atrincherado primero durante varias semanas en su fundo Viejo Roble en la comuna de Fresia y, luego de huir de ahí protegido por militares, había encontrado refugio en el hospital naval de Talcahuano.

    En esas condiciones fue que tuvo lugar esa negociación en la que ambas partes cedieron, pues Contreras fue finalmente encarcelado y el gobierno aceptó que su custodia fuera realizada en parte por el Ejército. De ahí que el Decreto tenga como fecha de publicación el 21 de octubre de 1995: en la madrugada de ese día, Manuel Contreras ingresó a Punta Peuco a cumplir su condena.

    Por eso la decisión de modificar ese Decreto tiene, hoy, el profundo significado de poner fin al proceso de transición que le dio origen, porque todos quienes fueron actores de ella tres décadas atrás, ya no negocian. Hoy la democracia ya está recuperada y todos sus actores cumplen los roles que la misma democracia les asigna.

    Aunque quien decidió esa modificación parezca no darse cuenta de la verdadera magnitud de su decisión y la utilice solo como un gesto para su claque en un año electoral, y sus opositores tampoco parezcan advertirlo y reaccionen a ello embriagados por el mismo tónico electoral, con amenazas tan absurdas como que van a reponer el carácter “especial” del penal si alcanzan la presidencia.

    Fuente: El Líbero

    Un aporte del director de la revista UNOFAR, Antonio Varas Clavel

    Las opiniones en esta sección, son de responsabilidad de sus autores y no reflejan necesariamente el pensamiento de la Unión de Oficiales en Retiro de la Defensa Nacional

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