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FF.AA. Y DE ORDEN Y SEGURIDAD PÚBLICA EN LA NUEVA CONSTITUCIÓN

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Columna de Opinión
FF.AA. Y DE ORDEN Y SEGURIDAD PÚBLICA EN LA NUEVA CONSTITUCIÓN. LYD Temas públicos
LAS OPINIONES EN ESTA SECCIÓN, SON DE RESPONSABILIDAD DE SUS AUTORES Y NO REFLEJAN NECESARIAMENTE EL PENSAMIENTO DE LA UNIÓN.
En Chile existe consenso en la necesidad de contar con Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública para la existencia de la democracia, considerando que su deber va más allá de sólo respetar el orden constitucional, sino que además tienen como misión garantizarlo
  • En Chile existe consenso en la necesidad de contar con Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública para la existencia de la democracia, considerando que su deber llega más allá de sólo respetar el orden constitucional, sino que además tienen como misión garantizarlo.
  • El primer artículo de nuestra Constitución Política dispone el deber del Estado de resguardar la seguridad nacional. Esto se incluye en el capítulo de las Bases de la Institucionalidad, junto con el reconocimiento de que las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos, y la importancia de la familia y el rol del Estado frente a las personas, lo que demuestra la relevancia que históricamente le ha dado el constituyente.
  • En la nueva Constitución, junto con mantener dicha relevancia, será necesario explicitar que el Estado ejerce el monopolio del uso de la fuerza para la protección de la población y la soberanía nacional, las cuales serán utilizadas en forma exclusiva por las Fuerzas Armadas y las Fuerzas de Orden y de Seguridad Pública, debiendo quedar establecidas también, en este nivel normativo, las instituciones que las conforman.
En los países democráticos se reconoce la importancia de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública como un elemento fundamental de su estructura, pues “la forma más racional, lógica y justa de resolver el problema (de seguridad interior y exterior) es que cada persona, y la sociedad como un todo, renuncien al uso de la fuerza en legítima defensa y entreguen al Estado el monopolio de esa facultad.
De esta forma, el Estado pasa a ser el responsable de garantizar a cada miembro de la sociedad su seguridad y cada persona renuncia a ejercer su derecho a la legítima defensa mediante la fuerza en forma individual o colectiva”1
En Chile existe consenso en la necesidad de contar con Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública para la existencia de la democracia, considerando que su deber va más allá de sólo respetar el orden constitucional, sino que además tienen como misión garantizarlo 2.
Puede descargar el trabajo completo al final de esta página

1 Athena Lab: Debate constitucional: Fuerzas Armadas y defensa nacional. Página 1.

2 “Artículo 6. Los órganos del Estado deben someter su acción a la Constitución y a las normas dictadas conforme a ella, y garantizar el orden institucional de la República” (Constitución Política de la República).

  FUENTE: LIBERTAD Y DESARROLLO. TEMAS PÚBLICOS. www.lyd.org. N° 1508-2 de 13 de agosto 2021

Adjunto Tamaño
TP-1508-FFAA-Y-OOPP- (1).pdf

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