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    Reforma de humo

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    admin
    Diciembre 30, 2018
    Reforma de humo
    Publicado en La Tercera

    Alex Buchheister, Abogado, La Tercera, Opinión, 30/12/2018



    El presidente Sebastián Piñera anunció una reforma constitucional para terminar con el decreto fundado y la comunicación previa al Congreso, para que un primer mandatario pueda llamar a retiro a los comandantes en jefe de las Fuerzas Armadas y el general director de Carabineros, ya que éstos “tienen que estar subordinados al poder civil y cuando el presidente les pide la renuncia tienen que renunciar en el acto”.

    Un argumento que es dudoso que justifique la reforma que se plantea. Desde luego, las FF. AA. y Carabineros están sometidas al poder civil, cuando la Constitución las define como esencialmente obedientes y no deliberantes.

    Además, lo están por el hecho que el presidente puede llamar a sus jefes máximos a retiro según su criterio y en cualquier momento.

    Así es: que deba dictar un decreto fundado y comunicar la decisión a las cámaras no limita jurídicamente la atribución, ya que sólo él califica los fundamentos -el contralor únicamente verifica que se expresen en el decreto, pero no los puede calificar- y los cuerpos legislativos no están llamados a prestar su aprobación, sólo se les informa.

    Entonces, ¿para qué se hacen esas exigencias si al final no constituyen mayor restricción? Porque considerando la Constitución a las FF. AA. y Carabineros como instituciones fundamentales de la república, quiere evitar que se politicen o se les maneje de forma inadecuada por el poder de turno.

    De esta manera, se ha establecido que llamar a retiro a uno de sus máximos jefes tiene un costo político para el presidente, pues debe fundar sólida y formalmente su decisión, e informar a las cámaras legislativas, que sí pueden deliberar sobre el punto, que de hecho es su tarea.

    Y la ciudadanía resolverá en la siguiente elección. En suma, porque se genera un momento institucional que impide que la atribución se ocupe con liviandad u oportunismo.

    Además, no se ha dado una explicación de por qué se hace necesario innovar en un mecanismo que se puso a prueba y funcionó bien. No pasó nada. De hecho, el único que puede haber salido perjudicado fue el saliente general director, porque -como dijo un comentarista- el contenido del decreto es “brutal”.

    Bueno, ese era el riesgo que corrió al no renunciar y pedir que se siguiera el procedimiento de llamarlo a retiro. Pero lo concreto fue que primó la voluntad presidencial, el trámite demoró 48 horas y nadie ha criticado el uso que se hizo de la atribución.

    La propuesta parece tener perfume a distracción del debate público, con la discusión de una reforma constitucional que en verdad no aporta nada nuevo, pero que de tomar impulso cubriría las responsabilidades políticas “civiles” de lo sucedido, el deterioro de la aprobación gubernamental y la falta de una agenda de fondo en otras materias.

    Y eso es precisamente lo que la Constitución pretende evitar: que se use a las Fuerzas Armadas y Carabineros como factor en la discusión política contingente. Así es que todo aconseja dejar las cosas donde están.

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