UN FALLO PREOCUPANTE
Decenas de propietarios sentirán precarizados sus derechos
El Mercurio, Editorial, 31/01/2022
Ha sorprendido un fallo de la Tercera Sala de la Corte Suprema que acoge un recurso de protección interpuesto por propietarios de Viña del Mar a raíz de una toma de terrenos que los afecta.
La Corte de Apelaciones había fallado que este instrumento no era el apropiado para resolver esta situación. La Corte Suprema, en cambio, sostiene que los dueños “han visto vulnerado su derecho de propiedad puesto que se han visto impedidos de ejercer sobre ellos las facultades que les confiere tal calidad, por hallarse estos ocupados por terceros, contra su voluntad”.
Si bien la decisión de acoger el recurso no está exenta de polémica respecto de si es la vía idónea para abordar el tema, guarda consistencia con jurisprudencia previa de la Corte. Sin embargo, luego agrega que “no es posible soslayar la necesidad de otorgar protección a los recurridos” que se tomaron los terrenos “ante la imposibilidad de acceso a mejores condiciones de vivienda, exponiendo así también su propia integridad, seguridad y salud”.
Por ello acoge el recurso “solo en cuanto se dispone que los propietarios de los terrenos involucrados, Carabineros de Chile, la Municipalidad de Viña del Mar, la Seremi de Salud de la región, el Servicio de Vivienda y Urbanismo y el Ministerio de Desarrollo Social deberán coordinarse a fin de que, de manera conjunta, se otorgue una solución global y efectiva a la situación que actualmente viven los recurridos…”.
Decenas de miles de propietarios sentirán precarizados sus derechos. |
Las condiciones impuestas hacen que el reconocimiento del derecho de los dueños no se traduzca en el restablecimiento de su ejercicio. Y, al obligarlos a participar en una solución, les impone, en la práctica, un gravamen del todo discriminatorio.
La vida en sociedad supone deberes, incluidos los gravámenes establecidos en la legislación, pero que no deben emanar de la sede judicial y menos generar una discriminación arbitraria.
Al obligarse a personas específicas a participar en una solución de estas características, se impone implícitamente un impuesto a su patrimonio, olvidando que estos aspectos son propios del debate democrático.
Además, en este episodio no hay colisión de derechos envuelta.
Desde luego, no es lo que reclaman los recurridos, pero si se quisiera proteger sus supuestos derechos, no habría una única manera de hacerlo. Por ello, resulta insensato involucrar a un grupo específico de personas en una solución que correspondería eventualmente al Estado.
Este, por medio del proceso democrático, va resolviendo los problemas de los ciudadanos, pero es evidente que no se pueden abordar todos a la vez y se requiere priorizar.
Mientras los recursos sean escasos, las cortes deben tener deferencia con ese camino.
Menos aún les corresponde afectar los derechos de decenas de miles de propietarios a lo largo de Chile que sentirán precarizada su propiedad por un fallo que incentiva la toma de terrenos y los fuerza a participar en la solución de los problemas habitacionales del país.
Las opiniones en esta sección son de responsabilidad de sus autores y no reflejan necesariamente el pensamiento de la unión de Oficiales en Retiro de la Defensa Nacional