Un Juez Habló (BLOG DE HERMOGENES PEREZ DE ARCE)
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Y dejo estampado todo lo anterior para “perpetuo honor” del ministro de la Corte Suprema, Patricio Valdés, que ha tenido el coraje de levantar la voz en defensa de las normas constitucionales y legales trasgredidas en procesos “que tanta división producen hasta el día de hoy entre los chilenos, evitando la necesaria reconciliación”.
MARTES, 7 DE FEBRERO DE 2017
El ministro de la Corte Suprema, Patricio Valdés, se ha opuesto a la redistribución de causas de derechos humanos resuelta por la mayoría izquierdista del tribunal, que por casi dos decenios viene atropellando la Constitución y las leyes en esos procesos, y ha expresado en su voto de minoría:
“Llama la atención de este disidente que la mayoría de los procesos a los cuales se ha nombrado un ministro en visita han sido resueltos en virtud de principios y doctrinas foráneas, apartándose e infringiendo las normas constitucionales que rigen la materia”.
La conducta descrita por el ministro disidente es constitutiva de un delito que se llama “prevaricación” y ello ha sido denunciado con insistencia majadera en este blog durante casi siete años. Sólo se ha hecho posible con la complicidad de todos los gobiernos y los partidos políticos y en particular con la coautoría del régimen de Sebastián Piñera, que triplicó de propia iniciativa las querellas interpuestas contra militares con infracción de “las normas constitucionales y legales que rigen la materia”, para emplear los términos del ministro Valdés.
Tal conducta ha sido denunciada y documentada principalmente en el libro de mayor importancia publicado en 2014 y titulado “Procesos Sobre Violaciones a los Derechos Humanos, Ilegalidades, Inconstitucionalidades y Arbitrariedades”, de Adolfo Paúl Latorre, que seguramente en el futuro va a pasar a ser de lectura obligatoria en las escuelas de leyes cuando en el país se restablezca el Estado de Derecho, es decir, cuando la mayoría de jueces prevaricadores de izquierda ya se haya acogido a jubilación, aunque no lo haga en las ventajosas condiciones del juez Alejandro Solís, famoso por sus condenas basadas en “ficciones jurídicas” y que, al acogerse a retiro con una jugosa jubilación, fue adicionalmente premiado con una asesoría con altos honorarios por el Ministro de Justicia, José Antonio Gómez, en los días siguientes a haber reconocido en el programa “El Informante” de TVN y bajo mi personal interrogatorio, que no cumplía con el requisito básico impuesto por el código a todos los jueces, de probar la existencia del delito por el cual condenaba.
Pero no sólo eso, la mayoría izquierdista de la Corte Suprema tuvo la, perdonando la redundancia, suprema desfachatez de reconocer urbi et orbi, en su oficio 8182-2010 que en la legislación chilena no existían disposiciones que le permitieran condenar a los militares procesados, no obstante lo cual lo había hecho. Esto, que habría ameritado aprobar una o más acusaciones constitucionales para destituir y sancionar a los altos magistrados confesamente prevaricadores, nunca dio lugar a ninguna acusación interpuesta por el número de diputados que establece la Constitución, por “notable abandono de sus deberes” de los ministros de los tribunales superiores de justicia. Ello acredita que, en la realidad del país, “las instituciones no funcionan”. En el fondo, todos los sectores políticos han encubierto la prevaricación judicial.
El ministro Valdés, en su voto disidente, ha señalado que el objetivo de designar estos ministros en visita en materia de derechos humanos era terminar “dentro de un plazo razonable tales procesos, lo que a juicio del suscrito tanta división produce hasta el día de hoy entre los chilenos, evitando la necesaria reconciliación y secundariamente, costando al erario nacional ingentes recursos, no obstante que el conocimiento y resolución de tales procesos pudiera estar a cargo de los jueces naturales”.
Es que la mayoría izquierdista de la Corte Suprema justamente no ha querido dejar en manos de los “jueces naturales” estos procesos, porque ellos, de partida, pueden incurrir en la “políticamente inconveniente” conducta de aplicar las leyes, exculpando a los militares. O, aun respetando la jurisprudencia ilegal de sus superiores, condenando a los militares a penas remitidas, como sucedió en el proceso 288-12 contra cinco uniformados del cuartel Ancla Dos de Talcahuano, que en primera instancia y en la Corte de Apelaciones recibieron penas remitidas de 541 días por su supuesta participación en la muerte, en 1973, de un extremista con entrenamiento en Cuba, proceso que al llegar a la Corte Suprema por casación interpuesta por el gobierno de Sebastián Piñera, dio lugar a que la famosa segunda sala les subiera la pena a cinco años y un día efectivos, mediante la “ficción jurídica” de que mantenían “secuestrado” al extremista hasta hoy. Eso motivó mi artículo “impublicable en la revista del Colegio de Abogados” (por rechazo de su consejo editorial, de mayoría “de centroderecha”) en que yo criticaba la antijuridicidad de ese fallo, en vista de lo cual lo reproduje en este blog el 27 de marzo de 2015, para “perpetua vergüenza”.
Y dejo estampado todo lo anterior para “perpetuo honor” del ministro de la Corte Suprema, Patricio Valdés, que ha tenido el coraje de levantar la voz en defensa de las normas constitucionales y legales trasgredidas en procesos “que tanta división producen hasta el día de hoy entre los chilenos, evitando la necesaria reconciliación”.