Ley de Amnistía y Consejo de Defensa del Estado
Viña del Mar, 17 de diciembre de 2025.
Señor Director:
La ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago Gloria Ana Chevesich declaró ante el Senado, el 19 de junio de 2013, durante su postulación para integrar la Corte Suprema: “En causas de Derechos Humanos, jamás he aplicado ni la prescripción, ni medidas de protección ni amnistía”.
Al respecto cabe destacar el Acuerdo Nº 183/2004 del Consejo de Defensa del Estado, adoptado el 22 de junio de 2004, en el que se estableció: “Considerar, para los efectos de las causas penales sobre derechos humanos, que la amnistía establecida en el decreto ley Nº 2.191, de 1978, está vigente y que es una amnistía impropia, que debe ser aplicada con la condena, y en consecuencia, una vez determinada la responsabilidad penal personal de cada partícipe y la pena precisa que le corresponde”.
Atentamente le saluda.
Adolfo Paúl Latorre
Abogado
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