Columna de Opinión

PIES Y MANOS EN LA CALLE

PIES Y MANOS EN LA CALLE

LAS OPINIONES CONTENIDAS EN ESTA COLUMNA DE OPINIÓN SON DE RESPONSABILIDAD DE SUS AUTORES Y NO REFLEJAN NECESARIAMENTE EL PENSAMIENTO DE UNOFAR

Las autoridades que asumirán el próximo 11 de marzo deberán hacer respetar el estado de derecho, el principio de autoridad y los derechos de quienes desean vivir en paz, sin el temor a que una minoría de exaltados llene las calles de gritos y pancartas, y destruyan impunemente la propiedad pública y privada. No se debe confundir el derecho de expresión y el derecho a manifestarse.

 PIES Y MANOS EN LA CALLE

Las expresiones del Diputado comunista Daniel Núñez “mantendré los pies y manos en la calle para defender las reformas”, no nos deben causar sorpresa; es táctica de la izquierda presionar a la autoridad mediante concentraciones y desmanes en la vía pública. Lo importante en el momento actual es que las nuevas autoridades no se dejen amedrentar y lleven adelante sin dilaciones sus compromisos con los electores que les dieron un triunfo rotundo.

Las autoridades que asumirán el próximo 11 de marzo deberán hacer respetar el estado de derecho, el principio de autoridad y los derechos de quienes desean vivir en paz, sin el temor a que una minoría de exaltados llene las calles de gritos y pancartas, y destruyan impunemente la propiedad pública y privada. No se debe confundir el derecho de expresión y el derecho a manifestarse. En una sociedad civilizada la libertad de expresión se manifiesta mediante el diálogo y la difusión de opiniones con apego a la verdad y no mediante eslóganes y pancartas con frases de no más de diez palabras.   El derecho a reunión debe ejercerse con respeto al derecho de la mayoría de los ciudadanos que desean vivir en paz y acatando las disposiciones de la autoridad, conforme a leyes plenamente vigentes y no mediante concentraciones que no siempre acatan las disposiciones de la autoridad y ocultos en capuchas atentan contra los bienes públicos y privados, para luego alegar que su actitud fue provocada por la represión policial.

El presidente Piñera y sus asesores deben recordar que tienen un compromiso tácito con más de medio millón de electores que no votaron o votaron por José Antonio Kast en la primera vuelta y apoyaron su postulación en la segunda

Presidente Piñera confiamos que no le temblará la mano.

Enrique Maldonado Roi

Columna de Opinión

Plan Nacional de Derechos Humanos, militares y policías[1]

Plan Nacional de Derechos Humanos, militares y policías[1]

LAS OPINIONES CONTENIDAS EN ESTA COLUMNA DE OPINIÓN SON DE RESPONSABILIDAD DE SUS AUTORES Y NO REFLEJAN NECESARIAMENTE EL PENSAMIENTO DE UNOFAR

Es de esperar que durante su próximo gobierno el presidente Piñera, en aras de la unidad nacional, con una orientación de futuro y en pos de objetivos trascendentes para Chile, renueve el proyecto de ley que en aras de la paz y reconciliación entre los chilenos presentó siendo senador en junio de 1995; un proyecto que concedía amnistía general a los partícipes de delitos políticos, de uno y otro lado, cometidos en el período comprendido entre el 11 de marzo de 1978 y el 11 de marzo de 1990 (boletín 1622-07).

En relación con el “Primer Plan Nacional de Derechos Humanos 2018-2021” lanzado el día 22 de diciembre de 2017 en La Moneda, específicamente con las metas y objetivos de su apartado “Promoción de la investigación, sanción y reparación de los crímenes de lesa humanidad, y de la memoria histórica”, cabría comentar que dicho documento le concede un estatus jurídico a la venganza contra los militares y policías que se vieron obligados a afrontar la violencia revolucionaria y a combatir a quienes llevaban a efecto una cruenta guerra subversiva con el propósito de implantar un régimen totalitario en nuestra patria.

Son muy pocas las naciones en el mundo que, tras vivir gravísimas crisis políticas y tragedias parecidas a la nuestra, han persistido durante más de cuatro décadas en mantener vivos los odios y en hurgar obsesivamente en las heridas del pasado, obstaculizando e invalidando todo intento de acercar los espíritus en torno a la construcción del mañana. El odio y la búsqueda de venganza no ayudan a la reconstrucción del tejido social y a lograr la necesaria unidad nacional.

Es de esperar que durante su próximo gobierno el presidente Piñera, en aras de la unidad nacional, con una orientación de futuro y en pos de objetivos trascendentes para Chile, renueve el proyecto de ley que en aras de la paz y reconciliación entre los chilenos presentó siendo senador en junio de 1995; un proyecto que concedía amnistía general a los partícipes de delitos políticos, de uno y otro lado, cometidos en el período comprendido entre el 11 de marzo de 1978 y el 11 de marzo de 1990 (boletín 1622-07).

Ningún tratado internacional prohíbe la dictación o aplicación de amnistías, como tratan de hacernos creer activistas de los derechos humanos; por el contrario, las recomiendan como una medida de apaciguamiento político y como instrumento para afianzar la paz social después que han ocurrido situaciones caóticas en los países. Ese fue el camino seguido en nuestra patria al término de la sangrienta Guerra Civil de 1891, conflicto armado que terminó con la vida de miles de chilenos.

Por otra parte, es preciso considerar que los militares y policías condenados lo han sido por sentencias dictadas contra leyes expresas y vigentes y sin respetar el derecho humano a un debido proceso. Todos ellos han sido y están siendo juzgados mediante el antiguo sistema de procedimiento penal inquisitivo; un sistema manifiestamente inconstitucional, que le veda a los imputados el derecho a una adecuada defensa, a un juicio justo y a ser juzgados por un tribunal imparcial.

La mayoría de los condenados son inocentes de los delitos que les fueron imputados, están libres de culpa —o ella está muy disminuida— o exentos de responsabilidad criminal. Y a aquellos militares, carabineros y policías que efectivamente cometieron excesos, abusos o delitos durante su penosa y riesgosa tarea de represión de los terroristas y de los combatientes armados que llevaban a efecto una cruenta guerra subversiva, debieron haberle sido aplicadas las mismas leyes y concedidos los mismos beneficios que a los guerrilleros y terroristas. En eso consisten la igualdad ante la ley y el Estado de Derecho.

Las penas privativas de la libertad tienen como finalidad esencial la reforma y la readaptación social de los condenados. En el caso de los militares condenados después de más de cuatro décadas de ocurridos los supuestos hechos delictivos —en un contexto social histórico de odio y de violencia extremos—, que han observado una conducta intachable desde esa época y que objetivamente no constituyen un peligro para la sociedad, una condena privativa de libertad no cumple con tal finalidad: solo cumple con un afán de venganza.

Finalmente cabría hacer un comentario en relación con el uso del concepto de “crímenes de lesa humanidad”. Los crímenes o delitos de lesa humanidad existen en nuestro derecho interno solo a contar del 18 de julio de 2009, fecha de entrada en vigor de la ley 20.357 que estableció esa categoría de delitos. Ningún hecho ocurrido con anterioridad a dicha fecha puede, legalmente, ser calificado como tal. Toda otra interpretación vulnera gravísimamente el principio de legalidad —nullum crimen, nulla poena sine praevia lege y sus exigencias de lex previa, lex certa, lex scripta y lex stricta—, que es un principio esencial del derecho penal universal, que está garantizado constitucionalmente y por diversos tratados sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentran vigentes. Su importancia es tal que no puede suspenderse en situación alguna, ni siquiera “en caso de guerra, de peligro público o de otra emergencia que amenace la independencia o seguridad del Estado” o “en situaciones excepcionales que pongan en peligro la vida de la nación”, según lo disponen el artículo 27 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el artículo 4 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, respectivamente.

Por otra parte, para que un comportamiento lesivo sea considerado “delito de lesa humanidad” debe cumplir con los requisitos de ese tipo penal, siendo el principal de ellos “que el acto sea cometido como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil”; es decir, contra grupos humanos enteros desarmados y ajenos a un conflicto. Los ataques de las fuerzas de seguridad del Estado durante la época del Gobierno Militar no fueron cometidos contra una población civil, sino que contra personas determinadas o grupos específicos armados que llevaban a efecto una guerra revolucionaria; es decir, contra combatientes de un ejército irregular vestidos de civil, lo que es muy diferente.

Viña del Mar, 25 de diciembre de 2017.

                     Adolfo Paúl Latorre

                             Abogado

[1] Documento elaborado sobre la base del libro de Adolfo PAÚL Latorre titulado PREVARICATO. Análisis crítico de procesos judiciales contra militares que debieron afrontar la violencia revolucionaria, editorial El Roble, Santiago, septiembre 2017, 194 páginas.

Columna de Opinión

Carta Abierta a la Familia Militar Policial

Carta Abierta a la Familia Militar Policial

Las conversaciones sostenidas por las dos organizaciones, Multigremial de Militares y Policías en retiro -FACIR- y la Confederación de las Fuerzas Armadas en Retiro -CONFAR- , que son las de mayor tamaño, relevancia e influencia nacional, con el Comando de Piñera, en la figura de su jefe de gabinete, Andrés Chadwick, acompañado en ese encuentro por los parlamentarios Francisco Chahuan y José Antonio Kast, creemos se encaminan en la dirección que queremos.

Las opiniones señaladas en este sitio web, son de responsabilidad de sus autores y no reflejan necesariamente el pensamiento de UNOFARDN

En momentos que se avecina una elección de alta trascendencia para el país, tanto el Gobierno, políticos como algunos medios de comunicación han sabido colocar hábilmente en la contingencia de la agenda pública la noticia de un ‘posible cierre de Punta Peuco’, con el propósito ciertamente de distraer a la opinión pública de las irregularidades que a diario se cometen contra los militares y policías prisioneros políticos, salvajismo que ha alcanzado su punto culminante con la muerte de dos ex servidores del Estado, quienes aquejados de enfermedades terminales no se les permitió tener una muerte digna.

A la arbitrariedad anterior, se añade también el nulo interés por terminar con el oscurantismo político judicial, disfrazado de sistema penal antiguo, con que se juzga a los militares y policías, razón por la que urge recuperar el Estado de Derecho, lo que significa que tanto militares como policías tengan IGUALDAD ANTE LA LEY y no sean discriminados en el acceso a la justicia como ha venido ocurriendo.

Las conversaciones sostenidas por las dos organizaciones, Multigremial de Militares y Policías  en retiro -FACIR- y la Confederación de las Fuerzas Armadas en Retiro -CONFAR- , que son las de mayor tamaño, relevancia e influencia nacional, con el Comando de Piñera, en la figura de su jefe de gabinete, Andrés Chadwick, acompañado en ese encuentro por los parlamentarios Francisco Chahuan y José Antonio Kast, creemos se encaminan en la dirección que queremos.

Lo anterior se sustenta en lo consignado en el Programa de Gobierno de Sebastián Piñera, la reactivación de leyes detenidas en el Congreso, la aplicación de medidas administrativas y algunas rectificaciones reglamentarias, las que creemos son acciones que en el corto plazo permitirán tomar la senda que permita proteger a militares y policías de abusos del Estado e impedir la aplicación torcida de la ley, todo ello en contribución de alcanzar el objetivo final que es TERMINAR DEFINITIVAMENTE LA PERSECUCION POLITICA JUDICIAL contra militares y policías, quienes en el pasado fueron mandatados por el Estado para enfrentar y erradicar la violencia extremista que vivíamos.

Similares medidas de adoptarse permitirán también dotar de una Ley de Salud a Carabineros de Chile, PDI y Gendarmería, básicamente porque el esfuerzo económico altamente mayoritario lo realiza el pensionado y sólo un pequeñísimo porcentaje lo proporciona el Estado.

Por su parte la modificación de la Ley 20.735 del año 2014, permitirá terminar definitivamente con una anomalía que causa estragos por años y, adicionalmente, con recursos propiedad de los propios imponentes y mal utilizados en beneficio de Capredena hasta la fecha, otorgar a los sistema de Salud Institucionales un aporte financiero de varios miles de millones.

Por todo lo anterior, tenemos el convencimiento que los compromisos contraídos con el Comando Piñera, la opinión expresada por el Sr. Chadwick, en el sentido que era indispensable en estos momentos históricos “RECUPERAR LAS CONFIANZAS” entre las partes, a lo que se añade la palabra empeñada por los dos parlamentarios partícipes de este encuentro, parecieran indicar que es posible contar con una certera probabilidad de concretarse lo comprometido.

Por lo expuesto, y en la certeza que: 1) en el mundo militar policial hay muchas familias destrozadas por la injusticia y persecución sin límites materializada por integrantes de los Poderes del Estado; 2) que a pesar de las ofensas y falsedades que rutinariamente se emiten contra quienes en el pasado salvaron a Chile del extremismo totalitario; 3) que teniendo clara conciencia de haber sido abandonados por quienes debieron obligadamente haber defendido a militares y policías;  y 4) considerando la fortaleza que nos proporciona nuestra actual poderosa base de sustentación, creemos como Multigremial Nacional del Personal en Retiro de las FF.AA., Carabineros, PDI y Montepiadas que es NECESARIO PROPONER SE APOYE A LA CANDIDATURA DE SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE como próximo Presidente para Chile.

Como ha sido habitual: MULTIGREMIAL INFORMA. UD DECIDE.

Valparaíso, 12 de diciembre del 2017

Uncategorized

Sample Post With «Continue Reading» Link

Do short ribs nisi venison sint, ham in chicken. Nostrud labore fugiat culpa cupim excepteur cow, duis ut pig porchetta officia tenderloin bacon voluptate. Jerky mollit bacon in. Cow bacon in veniam shoulder bresaola est occaecat.

Velit sirloin chuck excepteur tail magna tempor nostrud dolore in. Biltong tenderloin ham hock pastrami sirloin.
More…

Uncategorized

Sample Post Format: Aside

Beef ribs cupim sirloin tail kevin picanha shank. Kevin turkey meatloaf chicken pancetta alcatra. Chuck ham hock swine rump biltong. Swine kevin boudin beef, sirloin beef ribs brisket doner sausage ribeye burgdoggen shank cow pastrami. Chicken kielbasa cupim shankle andouille, kevin ham hock short loin bresaola.
More…