Columna de Opinión

Pueblos Originarios

Conforme con lo aprobado recientemente en la comisión de Constitución del Senado sobre el asunto de los escaños reservados para los pueblos originarios, pero no se entiende por qué se reserva uno para los afrodescendientes. Se supone que el Parlamento anteponga los intereses nacionales a las mayorías políticas circunstanciales. Entonces es fácil preguntarse ¿ qué ventajas para la nación tendría el aporte que puedan hacer a la vida nacional los afro descendientes?
Estamos de acuerdo que la extrema izquierda no quiere condenar la violencia en ninguna de sus versiones, entonces inquieta observar cómo el espíritu que pareció emerger luego de la votación del 28 de octubre empieza a ser contradictorio y sustituido por conductas políticas que agudizan la confrontación, alterando el sentido del pronunciamiento ciudadano y enrareciendo el ambiente popular.
Mientras la izquierda política de la oposición, no cambie su actitud confrontacional y le niegue la “sal y el agua” al gobierno cualquier cosa puede pasar y se puede esperar.

Pedro Romero Julio

 

Las opiniones en esta sección son de responsabilidad de sus autores y no reflejan necesariamente el pensamiento de la Unión de Oficiales en Retiro de la Defensa Nacional

Columna de Opinión

Límites Antárticos

Límites Antárticos
“Al conmemorar los 80 años del Territorio Antártico Chileno, la Cancillería define sus planes para el Continente Blanco”. Hay un error en ese diario, ya que el aniversario del 6 de noviembre es de la firma de los límites del territorio, entre los meridianos 53° y 90° de longitud oeste de Greenwich, pero Chile tiene títulos en ese sector, que derivan desde las bulas del Papa Alejandro VI hasta el Tratado de Tordecillas, nuestro país ejerció esta soberanía mediante cédulas reales emitidas por la Corona española a los gobernadores de Chile que desde 1581 incluyeron en su jurisdicción ese territorio antártico.
 
Al independizarse Chile de España, continuó ejerciendo esos derechos soberanos mediante el principio jurídico del “uti possidetis juris.” Respecto a la plataforma continental extendida, a pesar que en esa época no se consideraba, debiera incluirse en su soberanía, de acuerdo a estos antecedentes.
 

Pedro Romero Julio

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Participación ¿igualitaria?

Participación ¿igualitaria?
El artículo 18 de la Carta Fundamental sobre el sistema electoral público establece: “Una ley orgánica constitucional… regulará la forma en que se realizarán los procesos electorales y plebiscitarios… y, garantizará siempre la plena igualdad entre los independientes y los miembros de partidos políticos tanto en la presentación de candidaturas como en su participación en los señalados procesos”.
No obstante la claridad de tal precepto, por diversas razones los candidatos a Convencional Constituyente que vayan como independientes no estarán en igualdad de condiciones respecto de los pertenecientes a partidos políticos o que vayan en listas de partidos.
Una de estas razones es que los independientes no pueden pactar con otra lista de independientes o partidos políticos, lo que los deja en una situación desmedrada por la aplicación del método D’Hondt, que reparte los escaños en proporción a la cantidad de votos que haya recibido cada lista mediante la fórmula de la cifra repartidora.
Lo antedicho es una muestra del predominio de los partidos y de la validez de la “ley de hierro de la oligarquía”: el poder recae siempre en manos de unos pocos.

Adolfo Paúl Latorre

 

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Sistema electoral proporcional

Sistema electoral proporcional
Karl Popper advirtió sobre las devastadoras consecuencias del sistema de representación proporcional y manifestó la conveniencia de un sistema bipartidista o algo que al menos se le acerque, ya que dicho sistema alienta a sus dos partidos a vivir un continuo proceso de autocrítica.
Según Popper la consecuencia inmediata de la representación proporcional es que tiende a aumentar la cantidad de partidos existentes. A primera vista, tal cosa parecería deseable: más partidos permiten más posibilidades de elección, más oportunidades, menos rigidez, más crítica y, por lo tanto, una mejor distribución de la influencia y del poder.
Esta primera impresión resulta sin embargo totalmente engañosa. La proliferación de partidos conduce, esencialmente, a hacer inevitable un gobierno de coalición, lo que dificulta su integración y la posibilidad de mantenerlo unido durante un tiempo razonable. Un gobierno de coalición significa el debilitamiento de la responsabilidad y, a menudo, permite que los pequeños partidos ejerzan una influencia desproporcionadamente grande en las decisiones del gobierno. Con un sistema de representación proporcional un partido pequeño puede alcanzar un poder totalmente desproporcionado si está en condiciones de decidir con cuál de los dos grandes partidos aliarse para formar un gobierno de coalición.
En un sistema bipartidista, el partido derrotado tiende a tomarse en serio su fracaso electoral y lo lleva a una reforma interna o a la revisión de sus metas y a la búsqueda de ideas nuevas; no así en un sistema de múltiples partidos en que ven la derrota como parte del juego, ya que ninguno ha asumido responsabilidades claras. Contrariamente a lo que a primera vista se piensa, los sistemas de dos partidos suelen ser más flexibles que los pluripartidistas.
Esa era, precisamente, la ventaja del sistema electoral mayoritario binominal; un sistema que propendía a la formación de grandes bloques —que reflejan las grandes corrientes de opinión, con la presencia de pocos partidos— y de favorecer la moderación en los planteamientos políticos, la gobernabilidad y la estabilidad institucional.
El sistema electoral es un tema que debería ser debatido por la Convención Constitucional, pues afecta tanto en un sistema presidencialista como en otro parlamentario.

Adolfo Paúl Latorre

 

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Carta al Director: Escaños Reservados

Carta al Director: Escaños Reservados
Los chilenos aprobaron por amplia mayoría elaborar una nueva Constitución por una Convención Constitucional integrada por 155 ciudadanos electos especialmente para estos efectos, sin escaños reservados para representantes de pueblos originarios.
Sin embargo, actualmente se está discutiendo en el Congreso no solo el establecimiento de cupos reservados para las etnias originarias, sino que adicionando 24 escaños a los 155 aprobados en el reciente plebiscito, lo que es muy poco serio.
Esta actuación es, además, abusiva y políticamente torpe; un espectáculo digno del circo más grande del mundo.

Adolfo Paúl Latorre

 

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RESUMEN DE INFORMACIONES REFERIDAS AL CONSEJO DE CAPREDENA N° 10 EFECTUADO EL 28 DE OCTUBRE DE 2020

RESUMEN DE INFORMACIONES REFERIDAS AL CONSEJO DE CAPREDENA N° 10 EFECTUADO EL 28 DE OCTUBRE DE 2020
Estimados amigos pensionados de CAPREDENA: Mediante este documento, deseo hacerles llegar un resumen de algunos aspectos informativos destacados y tratados en el Consejo N° 10 de CAPREDENA. [1]
 
Capredena ha seguido funcionando con la mayor normalidad posible, lo que no ha incidido negativamente en sus prestaciones y obligaciones con sus pensionados.
La Sesión del Consejo N° 10 fue dirigida por el sr. Mauricio García, Fiscal de Capredena, quién se desempeña como Vicepresidente Ejecutivo Subrogante.
El nombramiento del nuevo Vicepresidente Ejecutivo se encuentra en proceso mediante el sistema de selección mediante el mecanismo de Alta Selección.
Cierre de óptica Capredena.
 Ante diferentes informaciones difundidas por las RR. SS., se consultó sobre el cierre de la óptica del Centro de Salud de Capredena. Al respecto, el Vicepresidente Ejecutivo subrogante informó que, efectivamente, se cerrará la óptica de la oficina de Valparaíso, tal como se hizo anteriormente con la de Concepción – Talcahuano, lo anterior como resultado de la evaluación económica efectuada durante el año.
 Esto no significa el cambio de ninguna de los sistemas y beneficios actualmente existentes. Se mantienen en su totalidad.
·       La óptica será reemplazada mediante convenios con ópticas comerciales.
·       La óptica de Santiago será evaluada durante el próximo año a fin de determinar la conveniencia económica de mantenerla o reemplazarla mediante convenios.
 Encuesta de satisfacción.
·       Igualmente, se ha difundido por las redes sociales que una empresa ha llamado a diferentes pensionados indicando que se trata de una encuesta de satisfacción, lo que ha producido un poco de inquietud al relacionarla con un proyecto en trabajo en el Congreso sobre modificaciones a la previsión de las FF. AA.
·       Al respecto, se indica la información oficial de Capredena al respecto, la que se encuentra publicada en su sitio web (www.capredena.cl):
Les saluda atte.
TCL (R) Antonio Varas Clavel, Consejero CAPREDENA


[1] Cualquier otra información requerida puede hacerse directamente a CAPREDENA a través de su sitio Web.

[2]Corresponden a datos expuestos en el Consejo N° 10 de Capredena.

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TC RESUELVE QUE PROYECTO QUE TIPIFICA NEGACIONISMO COMO DELITO ATROPELLA LIBERTAD DE EXPRESIÓN

TC RESUELVE QUE PROYECTO QUE TIPIFICA NEGACIONISMO COMO DELITO ATROPELLA LIBERTAD DE EXPRESIÓN
los ministros del tribunal consideraron, además, que se debió votar con quorum calificado y no simple, y que los cambios realizados no tenían relación con la idea matriz de la incitación al odio y que se transgrede la libertad de opinión e información sin censura previa. La Cámara dijo que se archivará proyecto de ley.
Cinthya Carvajal y Alejandra Zúñiga
El Mercurio, Noticias, 06/11/2020
Un extenso debate se generó ayer en el Tribunal Constitucional (TC) a raíz del requerimiento presentado por un grupo de diputados de Chile Vamos, para que la magistratura se pronunciara sobre la constitucionalidad del proyecto de ley que tipificaba como delito el negacionismo, en relación con las violaciones de los derechos humanos cometidas en Chile entre 1973 y 1990.
El Pleno del TC resolvió, tras escuchar los alegatos, acogerlo por inconstitucionalidad, considerando parte de los argumentos que esgrimieron los congresistas: que esta iniciativa coartaría la libertad de expresión y que su aprobación en la Cámara no se apegó a las normas de quorum calificado exigidas, así como que se habrían ingresado modificaciones que no tenían relación directa con su idea matriz de la incitación al odio.
Para mayoría hay “vicio constitucional” por incumplir quorum. Los magistrados acogieron el requerimiento por temas formales y de fondo en tres votaciones. En cada una, se resolvió uno de los asuntos planteados por los congresistas de Chile Vamos.
Respecto de la denuncia de infracción al quorum con el que se sometió a votación el proyecto de ley en Cámara de Diputados, se acogió por nueve votos contra uno.
La mayoría estimó que la ley se debió votar con quorum calificado y no simple, advirtiéndose la “existencia de un vicio constitucional, vinculado con el incumplimiento del quorum con el que se sometió a votación en la H. Cámara de Diputadas y Diputados el artículo único del proyecto de ley”.
Para los jueces hay una infracción del artículo 19 N° 12 de la Constitución, que garantiza la libertad de emitir opinión y la de informar sin censura previa.
Los ministros que votaron por acoger el requerimiento son la presidenta María Luisa Brahm, Iván Aróstica, Gonzalo García, Juan José Romero, Cristián Letelier, Nelson Pozo y José Ignacio Vásquez, María Pía Silva y Miguel Ángel Fernández.
Desinformación no cabe en libertad de expresión, dice minoría. El único magistrado que fue minoría en las tres votaciones fue Rodrigo Pica. Este consideró que la desinformación no cabe en la libertad de expresión.
La segunda votación fue por la alegación relativa a la desvinculación del proyecto de ley con sus ideas matrices sobre la incitación al odio, por infringir lo dispuesto en el artículo 69 constitucional, en cuanto considera que son inadmisibles las adiciones o correcciones que no tengan relación directa con las ideas fundamentales de la iniciativa.
La diputada Carmen Hertz había presentado una indicación con un nuevo tipo penal para sancionar la negación de las violaciones a los derechos humanos cometidos durante la dictadura.
En esta votación se produjo un empate de cinco a cinco, por lo cual dirimió la presidenta Brahm. Los que estaban por rechazar eran los magistrados García, Romero, Pozo, Silva y Pica.
Se consideró tema de fondo de libertad de expresión. El último capítulo del requerimiento de los congresistas que fue acogido es la inconstitucionalidad del proyecto de ley frente a la garantía fundamental de la libertad de expresión, consagrada en el artículo 19 N° 12 de la Constitución.
Votaron por acoger el requerimiento en esta parte la presidenta Brahm y los ministros Aróstica, Romero, Letelier, Vásquez y Fernández.
Los disidentes fueron Pozo y Pica. Los magistrados García y Silva estuvieron “por no pronunciarse respecto de este conflicto constitucional, en razón del vicio formal del proyecto de ley relativo al quorum de votación”.
Cámara archivará iniciativa y debate del TC sobre el tema. En su cuenta de Twitter, la Cámara de Diputados informó, tras conocerse la decisión del TC que, al haberse rechazado el artículo primero del proyecto de ley, “corazón de la iniciativa, se entiende por rechazado en su totalidad, y por lo tanto, es archivado”.
El Pleno del TC ayer debatió también sobre este tema, pero en la sentencia no se hará ninguna recomendación acerca de los próximos pasos a seguir que debiera adoptar el Congreso.
Algunos magistrados del TC plantearon que se debían pronunciar acerca de si transcurrido un año se podía volver a presentar una iniciativa de este tipo, pero la idea no prosperó.
El proyecto de ley no alcanzó a ser revisado en el Senado.
Alegatos de los abogados. La mañana de ayer expusieron ante el TC los abogados Rodrigo Díaz de Valdés, en representación del Presidente de la República, y Teresita Santa Cruz, investigadora de Fundación Jaime Guzmán, por los congresistas que presentaron el requerimiento.
Se refirieron a vicios de constitucionalidad que tendría la iniciativa, entre ellos, la tipificación del delito asociado al ejercicio de la libertad de expresión, que, dijeron, debe ser aprobada por leyes de quorum calificado, lo que no ocurrió en el primer trámite constitucional, así como el hecho de que parte de una indicación, presentada por la diputada Hertz, “no tiene relación con las ideas matrices y fundantes del proyecto”, señaló Díaz de Valdés.
Santa Cruz, por su parte, aseguró en “estos vicios no son subsanables por la posterior tramitación”, y advirtió que los organismos internacionales “han instado a los Estados a alejarse de las leyes de negacionismo y erradicar estos discursos, mediante la promoción del debate”.
Respecto de la proporcionalidad, Díaz de Valdés planteó que se debe analizar “el perjuicio que le produce al condenado una sanción privativa de libertad versus el beneficio que se logra con este tipo penal, respecto de imponer una verdad histórica o un respeto a las víctimas. Sin duda que es excesiva y desproporcionada, atendido el bien jurídico que se pretende proteger”.
Votaciones. El Pleno votó en tres oportunidades para resolver cada uno de los asuntos planteados.

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